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Procuraduría destituyó e inhabilitó por 16 años a exgerente de IMDRI

Procuraduría destituyó e inhabilitó por 16 años a exgerente de IMDRI

Procuraduría destituyó e inhabilitó por 16 años a exgerente de IMDRI

Fuente: PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION (Ver Noticia Original)

 

Procuraduría destituyó e inhabilitó por 16 años a exgerente de IMDRI por irregularidades en escenarios para los XX Juegos Deportivos Nacionales

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 16 años al exgerente del Instituto Municipal para la Recreación y el Deporte de Ibagué – IMDRI -, Carlos Heberto Ángel Torres (2012 – 2015), por irregularidades en la contratación de los estudios y diseños de las obras de adecuación y remodelación de escenarios para los XX Juegos Deportivos Nacionales de 2015.

El Ministerio Público estableció que el contrato firmado por la administración municipal y la empresa Técnica y Proyectos TYPSA para realizar los estudios y diseños de los coliseos ubicados en el Parque Deportivo y la Unidad Deportiva de Ibagué, no contó con una adecuada interventoría que velara por una ejecución satisfactoria de los trabajos contratados.

De acuerdo con la investigación disciplinaria, Ángel Torres desconoció la orden del Consejo Directivo del IMDRI para contratar una interventoría integral que contara con al menos 37 personas, entre profesionales y asistentes, que abarcara los aspectos financieros, ambientales, sociales, administrativos y legales de los trabajos que se iban a realizar, y en contravía designó como supervisor del contrato al ingeniero civil Mauricio Campos del Cairo, a quien vinculó mediante la figura de prestación de servicios.

La Procuraduría determinó que Campos del Cairo no contaba con la experticia ni experiencia requerida para llevar a cabo la labor encomendada, la cual implicaba conocimientos especializados en distintas profesiones para realizar un adecuado seguimiento y control del objeto contractual, y su vinculación fue firmada antes de que le fueran adjudicados los trabajos a la empresa TYPSA.

Igualmente se estableció que el contrato de prestación de servicios del ingeniero Campos del Cairo no incluyó en sus cláusulas el seguimiento y control integral de las acciones que debía ejecutar TYPSA, y que la modalidad utilizada para vincularlo laboralmente no le permitía actuar como supervisor o como interventor de esos trabajos, ya que para tal fin requería ser funcionario de planta de la entidad.

Para el Ministerio Público el disciplinado en su condición de Gerente del IMDRI no debió apartarse de lo ordenado por el Consejo Directivo de la entidad, y sin razón aparente o sustento legal entrar a reemplazar la función de interventoría por una supervisión, designando para tal efecto a un contratista de la misma institución.

Dicho proceder implicó que el disciplinado ejecutara recursos por $11.499.520.800 del contrato de consultoría sin contar con una adecuada vigilancia y control financiero del mismo, al igual que de sus componentes técnicos, estructurales, geotécnicos y ambientales, entre otros.

La Procuraduría concluyó que no existe certeza de que se cumplieran las especificaciones y requisitos fijados para la ejecución de los estudios y diseños de los escenarios deportivos, con lo que se vulneraron los principios de responsabilidad y moralidad que rigen la contratación estatal y la función administrativa.

Por esos hechos el Ministerio Público calificó la conducta cometida por Ángel Torres como una falta gravísima cometida a título de culpa gravísima. Este fallo es de primera instancia y puede ser apelado por el disciplinado.

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