Procuraduría sancionó con suspensión a exalcalde de Betania Antioquia

Procuraduría sancionó con suspensión a exalcalde de Betania Antioquia

Procuraduría sancionó con suspensión a exalcalde de Betania Antioquia

Fuente: PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION (Ver Noticia Original)

La Procuraduría General de la Nación suspendió por seis meses al exalcalde de Betania, Antioquia, Juan Carlos Montoya Alzate (periodo 2012 – 2015), por irregularidades en seis contratos para el servicio de transporte.

La Procuraduría Provincial de Andes probó que Montoya Alzate adjudicó de manera directa los contratos 240-09-01-2015, 210-09-01-086, 240-09-01-095 y 240-09-01-094, entre el 16 de abril y el 23 de junio de 2015, por un valor total de $16.500.000.000 pesos, cuyo objeto era el servicio de transporte a diferentes municipios aledaños a Betania para los grupos de deportes, cultura, adultos mayores y otras actividades que requería el municipio.

El ente de control también demostró que el disciplinado realizó el 23 de noviembre de 2015 un contrato bajo la modalidad de mínima cuantía, por valor de $5 millones con una duración de 20 días, para el transporte de programas de participación ciudadana, y el 23 de junio celebró una contratación directa para el servicio de transporte de alimentos para los restaurantes escolares, eludiendo la de selección o mínima cuantía, con lo que impidió la libre concurrencia de oferentes y la selección de la oferta más favorable para el municipio.

La Procuraduría indicó que Montoya Alzate celebró el 20 de octubre de 2015 el contrato 090 por mínima cuantía por valor de $17 millones quinientos mil pesos, cuando el servicio ya había sido contratado por $100 millones como resultado de la selección abreviada, con lo que vulneró el principio de economía al no realizar la planeación de la contratación de su gestión.

El ente de control convirtió la suspensión del disciplinado en salarios, teniendo en cuenta que actualmente no se encuentra en ejercicio del cargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del Código Único Disciplinario (CDU), “Cuando el disciplinado haya cesado en sus funciones, … la sanción convertirá el término de suspensión…en salarios”, que para el momento de la comisión de la falta equivale a $19.253.022 pesos”.

El Ministerio Público calificó la falta de Montoya Alzate como grave, a título de culpa grave, por inobservancia del cuidado necesario en el ejercicio de sus funciones como primera autoridad del municipio.

Contra esta decisión en primera instancia el disciplinado y su apoderado no interpusieron recurso alguno por lo que la decisión quedó en firme.

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