Ramón Navarro y Julia Serrano deberán pagar millonarias multas y no podrán ejercer cargos públicos por 12 y 4 años.
Confirman sanción a dos exgerentes de la Triple A de Barranquilla por caso Inassa
Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)
Ramón Navarro y Julia Serrano deberán pagar millonarias multas y no podrán ejercer cargos públicos por 12 y 4 años. En segunda instancia, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría confirmó la sanción e inhabilidad impuestas a los exgerentes de la empresa de acueducto, aseo y alcantarillado de Barranquilla, Triple A. Se trata de Ramón Navarro Pereira y Julia Margarita Serrano Monsalvo, quienes mientras estuvieron en el cargo, concluyó el Ministerio Público, favorecieron a Inassa, una filial de la española Sociedad General de Aguas de Barcelona. Navarro no podrá ejercer cargos públicos por 12 años y Serrano por cuatro.
Esta decisión llega como una confirmación de la sentencia de noviembre de 2018 en la que la Procuraduría ya había condenado a los exgerentes de la Triple A. Sin embargo, ambos apelaron y el expediente tuvo que ser estudiado por una instancia más alta dentro del mismo Ministerio Público, que confirmó el fallo, pues concluyó que “con ocasión de las órdenes de pago firmadas por los disciplinados (Navarro y Serrano), el Distrito (de Barranquilla) dejó de percibir $17.864.000.000”.
Ahora, el caso toca a Colombia pues Inassa es como se llamó a la filial de Canal Isabel II en nuestro país. Y Barranquilla, entre otras ciudades del Caribe, le entregó en concesiones sus activos de acueducto, aseo y alcantarillado a cambio de regalías mensuales a esta empresa con raíces europeas. Pues los entes de control aquí encontraron un sinnúmero de irregularidades en cómo se administró la empresa, que se suma a las quejas eternas de los usuarios por el mal servicio de agua en esta región.
Incluso: “al observar las evidencias entregadas por Inassa como soporte de la ejecución del contrato, negaron que se tratara de proyectos realizados por Inassa y advirtieron que estos fueron gestados, desarrollados, construidos y ejecutados por cada una de las áreas por ellos lideradas, con personal de la Triple A y no de Inassa”, señaló la Procuraduría. Es decir que, “ninguno de los proyectos que entregó el gerente de Inassa como sustento de la asistencia técnica prestada pueden ser atribuidos a dicha empresa en tanto fueron realmente gestados y realizados por la Triple A; que las actividades descritas en los contratos celebrados por Inassa para recibir la asistencia técnica que se supone debía a su vez prestarle a la Triple A, no se evidencian ejecutadas por Inassa y finalmente, que en relación con los servicios que se advierten prestados por Inassa en Triple, existen otros contratos diferentes que sustentan su ejecución”.