Implicado en audio de sobornos ya no es cónsul honorario de Polonia
Implicado en audio de sobornos ya no es cónsul honorario de Polonia
Fuente: EL TIEMPO (Ver Noticia Original)
Luis F. Acosta ‘gozó’ de inmunidad diplomática que nunca tuvo. Fiscalía la avaló y frenó imputación.
El nombre de Luis Fernando Acosta Osío salió a relucir en los audios que hoy tienen en problemas al senador de ‘la U’ Eduardo Pulgar, por ofrecerle ‘200 barras’ a un juez de la República.
Según las grabaciones, reveladas por el periodista Daniel Coronell, «Pulgar fue a hacer la vuelta para favorecer a su amigo Acosta Osío, líder de un grupo que con cuestionadas maniobras logró el control de la Universidad Metropolitana de Barranquilla y pretende quedarse también con la Fundación Acosta Bendeck y el Hospital Universitario Metropolitano».
La Fiscalía ya venía investigando a Acosta Osío. De hecho, EL TIEMPO estableció que un fiscal de Barranquilla, Gustavo Orozco Pertuz, estuvo a punto de llamarlo a audiencia de imputación. Pero una supuesta inmunidad freno el caso.
«La calidad de jefe de misión consular, en cabeza del indiciado, está más que verificada, como se advierte del oficio S-GPI 18-003955, de fecha 6 de febrero de 2018, suscrito por el coordinador del grupo interno del trabajo, privilegios e inmunidades de la Dirección de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, Jorge Mauricio Castro Vargas y en virtud de ello goza de fuero para ser investigado y juzgado», dice el documento.
Y un alto funcionario de la administración de Martínez fue enfático en que el parágrafo 5 del artículo 235 de la Constitución así lo señala: “La decisión se tomó con base en una certificación de la Cancillería del 6 de abril de 2018, en donde así lo señalaba. Y en la Fiscalía se han registrado casos similares”.
En consecuencia, la audiencia de imputación se frenó y el caso pasó a manos de un fiscal delegado ante la Corte.
Pero EL TIEMPO estableció que para Polonia y para la propia Cancillería de Colombia (en posterior certificación) nunca hubo tal fuero. Además, que desde junio pasado, Acosta Osío ya no es cónsul honorario de Polonia.
Una carta de la Cancillería, fechada el 7 de abril de 2018 -antes de que la Fiscalía le otorgara el fuero- y en respuesta a una consulta ciudadana, advierte claramente que «Acosta no goza de fuero e inmunidad de la jurisdicción penal colombiana, por hechos que realice por fuera de los actos oficiales efectuados en el ejercicio de sus funciones como cónsul honorario».
Sobre la carencia de inmunidad, la embajadora de Polonia en Colombia, Agnieszka Frydrychowicz-Tekieli, también emitió un comunicado, el 5 de marzo de 2020, en el que dice que Acosta nunca gozó de estatus diplomático ni inmunidad.
«Él no es un empleado de la Embajada, sus funciones las desempeña ad honorem, sin recibir por este título ninguna remuneración. No cuenta él tampoco, con estatus diplomático, ni inmunidad jurisdiccional que represente algún obstáculo para que se adelante contra él cualquier eventual procedimiento penal o civil por parte de la justicia colombiana”, dice.
Y en las últimas horas, esa misión diplomática le dijo a EL TIEMPO que Acosta ya no es su cónsul honorario en Barranquilla.
Sin embargo, otras fuentes señalaron que sus funciones cesaron oficialmente en junio.
Ahora, su caso tiene que volver a la justicia ordinaria como insistía el juez de Barranquilla. Y tanto la Procuraduría como la Corte Suprema están interesadas en escuchar qué tiene que decir el hoy excónsul sobre las grabaciones que tienen en la cuerda floja al senador Pulgar.