Caso Uribe: Corte Suprema confirma que sigue por el sistema penal acusatorio
Caso Uribe: Corte Suprema confirma que sigue por el sistema penal acusatorio
Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)
Luego de reunirse dos veces para discutir este tema, la Sala Plena del alto tribunal validó la decisión que tomó una jueza de Garantías de los juzgados de Paloquemao (Bogotá) el pasado 22 de septiembre. Así las cosas, el expediente vuelve a manos de ella con un “chicharrón” por resolver: qué de lo que alcanzó a hacer la Corte en ese expediente queda en pie. La jueza, además, podrá determinar si Uribe queda libre, como lo pidió su defensa, o si sigue detenido en su finca El Ubérrimo.
El proceso en contra del expresidente Álvaro Uribe por presunta manipulación de testigos continuará bajo la Ley 906 de 2004, que es el sistema penal acusatorio. Esa es la decisión que acaba de tomar la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia este lunes 5 de octubre, luego de reunirse dos veces, pues el pasado viernes, algunos de los integrantes de las salas Laboral y Civil pidieron tiempo para estudiar el asunto ya que su fuerte no es lo penal. Con solo dos salvamentos de voto (Jaime Moreno y Gerardo Botero), de 21 magistrados que hicieron parte de la decisión, el expediente vuelve entonces a manos de la jueza 30 de Garantías de Bogotá.
No obstante, la jueza consideró pertinente también consultar con la Corte Suprema si ella, que ejerce control de garantías, era competente para tomar una decisión así, pues se trataba de un escenario sin precedentes. En las normas vigentes no hay claridad sobre cómo proceder sobre un caso tan avanzado como el de Uribe -cuya situación jurídica ya había resuelto la Corte-, pues, además de definir bajo qué ley debía seguir avanzando este proceso, se esperaba que la Corte diera luces sobre qué hacer con las pruebas y testimonios que ya estaban recaudados.
La ponencia del magistrado Gerson Chaverra, integrante de la Sala Penal, proponía que la Sala Plena dirimiera de una buena vez ese espinoso asunto. Su ponencia, de hecho, indicaba que aun pasando el caso al sistema penal acusatorio, se debía reconocer como válido todo lo que hizo la Corte Suprema hasta que Uribe renunció al Senado, es decir, hasta que ordenó su detención domiciliaria. La defensa del expresidente ha dicho que, como a Uribe no le ha imputado cargos la Fiscalía aún, él debería quedar libre de inmediato. La ponencia de Chaverra sugería que el proceso siguiera en Ley 906 como si la imputación ya se hubiera realizado.
La base de la propuesta del magistrado Chaverra es la manera en cómo se hace la indagatoria bajo la Ley 600, la rindió Uribe en octubre del año pasado. Cuando una persona es llamada a indagatoria y la diligencia se culmina, esta queda formalmente vinculada a la investigación penal que se sigue -lo mismo que ocurre en la imputación de cargos bajo el sistema penal acusatorio-. Chaverra expuso en su ponencia que “le fueron imputados y comunicados al ciudadano Uribe Vélez los cargos objeto de investigación” y que, por eso, el proceso bajo la Ley 906 podía asumirse como si la imputación de cargos ya se hubiera hecho. Y con las pruebas y testimonios recogidos en firme.
En esta decisión participaron 21 de los 23 magistrados que conforman la Sala Plena. El magistrado Luis Antonio Hernández, de la Sala Penal, presentó impedimento y se lo aceptaron, pues él hizo parte del grupo de togados que, en 2018, decretó el inhibitorio para el proceso que se abrió en contra de Iván Cepeda por denuncias del expresidente Uribe, del cual se desprendió, precisamente, la investigación en contra del expresidente Uribe. Ese fue el único recurso de ese tipo que llegó a la Sala Plena. El otro vacío obedece a la vacante que aún no se ha llenado tras la salida este año del magistrado Ariel Salazar.
Por otro lado, bajo la sombrilla de la Ley 906, la cosa cambia porque es un sistema más garantista, todas las decisiones se refrendan ante jueces (desde una orden de captura hasta un llamado a juicio) y si el expresidente Uribe es acusado, su caso iría a un juzgado de circuito y, en segunda instancia, al Tribunal Superior de Bogotá. A la Corte Suprema solamente llegaría si se admitiera en casación, el cual es un recurso extraordinario. Ese es el escenario en que quedó el exmandatario con esta determinación.
El origen del caso contra Uribe
En febrero de 2012, durante un debate de control político sobre la génesis y auge del paramilitarismo en Antioquia, el entonces representante a la Cámara Iván Cepeda presentó graves denuncias relacionadas con la hacienda Guacharacas, que fue propiedad de los Uribe, ubicada en la región del Nus, entre San Roque y Yolombó, en el nordeste antioqueño. Cepeda reveló que, según testimonios de Juan Guillermo Monsalve, extrabajador de esa finca, y de un paramilitar conocido como Pablo Hernán Sierra, alias Alberto Guerrero, excomandante del Bloque Cacique Pipintá de las Auc, la finca había sido sede del Bloque Metro de los paramilitares.
En septiembre de 2014, cuando ya Uribe Vélez ejercía en condición de senador, Cepeda promovió un nuevo debate en el Congreso sobre paramilitarismo en Antioquia, y volvió a chocar con el expresidente. Uribe radicó en la Corte Suprema un memorial para que se tuvieran en cuenta varias entrevistas realizadas por un investigador privado a los exparamilitares Ramiro de Jesús Henao, alias Simón y Gabriel Muñoz Ramírez, alias Castañeda, que señalaron a Cepeda de hacer ofrecimientos a cambio de declarar contra Uribe. El expresidente y exsenador, por su parte, ha reiterado hasta el cansancio que nunca ha cometido delitos. “La libertad es un bien inapreciable, pero para mi la honorabilidad es lo prioritario, por eso el énfasis en las pruebas”, ha dicho el exmandatario.