Confirman condena a juez que le dio casa por cárcel a alias ‘Cesarín’
Confirman condena a juez que le dio casa por cárcel a alias ‘Cesarín’
Fuente: CARACOL RADIO (Ver Noticia Original)
Corte confirma condena a 6 años de prisión contra el Juez Ronald Floriano Escobar, por beneficiar a jefe de la Oficina de Envigado Hernán Giraldo.
La Corte Suprema confirma condena a 6 años de prisión contra el Juez Ronald Floriano Escobar, acusado de beneficiar con casa por cárcel al “jefe” de la Oficina de Envigado Hernán Darío Giraldo Gaviria.
La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena del Tribunal Superior de Villavicencio contra el juez Floriano que en diciembre de 2013 le dio prisión domiciliaria a Hernán Darío Giraldo, alias Cesarín, quien cumplía una pena de 20 años de cárcel por homicidio. Según el Tribunal el juez había actuado de forma caprichosa y arbitraria.
La defensa alegó que: “No es posible afirmar que Floriano Escobar actuó con dolo, a partir de otras decisiones que profirió sobre prisión domiciliaria, por ser casos distintos donde se analizan las condiciones de los menores de forma individual y diversa. En concreto, aludió a cuatro providencias proferidas el 30 de diciembre de 2013, donde negó la prisión domiciliaria a otros sentenciados, en cuyo trámite no se allegaron valoraciones del ICBF”.
Además, Hernán Darío Giraldo Gaviria, alias «Cesarín», declaró que no conocía al juez. Y de su versión no surge que haya pagado alguna suma de dinero para obtener la prisión domiciliaria.
Sin embargo, en la decisión inicial del Tribunal: “Los elementos de prueba obrantes en el proceso ponían en evidencia que Hernán Darío Giraldo, alias Cesarín, no ostentaba la condición de padre cabeza de familia, pues sus menores hijos se encontraban al cuidado de la abuela, quien no estaba en incapacidad o imposibilidad de velar por ellos, como se desprende de los informes médicos allegados, de los que no se establecía la existencia de una condición «grave y permanente», según se quiso demostrar.
Para la Corte Suprema de Justicia: “Al margen de las maniobras realizadas por dicho sujeto para acreditar falsamente una condición que no tenía, el funcionario judicial desconoció deliberadamente unos contenidos normativo explícitos, que tornaban improcedente la concesión del sustituto, aun en el evento de haberse acreditado legítimamente la condición de padre cabeza de familia, en un claro desafío de la normatividad legal”.
«El juez si tenía las herramientas y el conocimiento para tomar una decisión ajustada a la ley, pero decidió no hacerlo», señaló la Corte