Niegan tutela con la que Álvaro Prada pedía incluir pruebas en su caso
Niegan tutela con la que Álvaro Prada pedía incluir pruebas en su caso
Fuente: EL TIEMPO (Ver Noticia Original)
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia negó una tutela que interpuso el excongresista Álvaro Hernán Prada Artunduaga contra la Sala Especial de Instrucción de ese mismo tribunal, que lo investiga por la presunta comisión del delito de soborno a testigo en actuación penal, por el mismo caso por el que es investigado el expresidente y exsenador Álvaro Uribe Vélez.
En la tutela, Prada cuestionó que la Sala de Instrucción hiciera el «cierre de la etapa probatoria y que le fuera negada una solicitud probatoria formulada por su defensa”. Además, alegó la existencia de “diversas irregularidades” en su proceso.
Según la tutela del excongresista, no había prueba necesaria para calificar el sumario”, pues “falta mucho por indagar” y era necesario continuar con la etapa investigativa, con el fin de evitar una “audiencia de juzgamiento”, donde únicamente se debata la existencia objetiva del hecho investigado.
La Sala Civil negó la tutela, señalando, entre otros, que en este momento está pendiente de resolverse en la Sala de Instrucción si envía el caso a la Fiscalía o si mantiene la competencia para investigar a Prada, luego de que este renunció al Congreso.
«La colegiatura criticada se encuentra pendiente de decidir la solicitud del quejoso sobre la remisión de su caso a la Fiscalía dada la pérdida de fuero constitucionalpor renuncia a su investidura de congresista, por tanto, de aceptarse el requerimiento del actor y remitirse las diligencias al señalado ente investigativo, es esa autoridad quien determinará si la causa criminal adelantada en contra del tutelante llegará o no a la etapa de juzgamiento, en la cual, valga decir, el interesado podrá solicitar las pruebas encaminadas a su defensa», dice la decisión.
La Sala Civil dijo que, en todo caso, «no se observa irregularidad en la actuación de la Sala al denegar las pruebasrequeridas por el quejoso, pues, para el “cierre de la investigación”, basta con el recaudo de la evidencia necesaria para calificar el sumario, actuación que compete única y exclusivamente a esa corporación en su condición de ente investigador».
«Además, esas decisiones son apenas parciales, pudiendo ulteriormente insistir en el decreto de tales probanzas o de nuevos elementos de convicción, porque las determinaciones tomadas, ahora censuradas, con relación a la instrucción del asunto, no tienen la virtualidad de constituir cosa juzgada, estando indemne su derecho a solicitar el decreto y práctica de elementos probatorios», agregó la Corte.
Este caso remonta a febrero de 2018, cuando Juan Guillermo Monsalve, testigo que ha señalado a Álvaro Uribe de tener nexos con el Bloque Metro de las Auc en Antioquia, recibió de un conocido suyo, Carlos López o ‘Caliche’, mensajes de WhatsApp pidiéndole una retractación.
López primero dijo que lo habían buscado de “parte del ex” e incluso le dio a Monsalve el teléfono de Prada y luego cambió su versión. El mismo Prada ha dicho a la justicia de forma reiterada que fue ‘Caliche’ quien lo buscó mientras él hacia campaña en el Huila y que, antes de eso, no lo conocía.