Archivada una querella contra el alcalde de Egüés por un presunto delito contra la Administración
Archivada una querella contra el alcalde de Egüés por un presunto delito contra la Administración
Fuente: NOTICIAS DE NAVARRA (Ver Noticia Original)
El Juzgado de Aoiz señala que «muchas de las irregularidades» detectadas por Comptos en la licitación y adjudicación de obras en Andacelay y Egüés 21 «fueron denunciadas por el ahora querellado»
PAMPLONA. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Aoiz ha decretado el archivo provisional de una querella presentada contra el alcalde del Valle de Egüés, Alfonso Etxeberría, por un presunto delito contra la administración pública al «no apreciar delito que se le imputa vinculado a irregularidad alguna en relación con Nasipa».
En el auto, contra el que cabe interponer recurso, se argumenta que «no puede compartirse indiciariamente» la responsabilidad que se atribuye al alcalde de Egüés en la querella, en la que se le imputan «posibles delitos» en los procesos de licitación y adjudicaciones de obras que llevaron a cabo las sociedades públicas Andacelay y Egüés 21, causa en la que se investiga a otros cargos públicos.
El Juzgado de Aoiz señala que «muchas de las irregularidades» detectadas por la Cámara de Comptos «fueron denunciadas por el ahora querellado junto con otros grupos parlamentarios, lo que motivó la creación en julio de 2011 de una comisión de investigación con el objeto de fiscalizar determinadas adjudicaciones a empresa privadas, estando Nasipa entre ellas».
Por otra parte, agrega, «la presente instrucción judicial se inicia en el año 2011, repudiando las reglas de la lógica que Etxeberría pudiera haber incurrido en el comportamiento por el que se le denuncia cuando él mismo, por haber sido parte activa de la investigación en marcha, conocía no ya solo de la comisión de investigación, sino también de que había un proceso judicial abierto por tales hechos».
Además, el auto recoge que «en el acta de la Junta de Andacelay de marzo de 2012 no consta que Alfonso Etxeberría se le designara consejero delegado», sino que consta su designación como consejero de Egüés 21 II, junto con otra dos personas, «a quienes no se denuncia por no ejercer el debido control, pese a que ostentaban su mismo cargo».
«Tampoco se denuncia a otros tres consejeros que constan designados en ese mismo acta respecto a Egüés 21», expone el Juzgado de Aoiz, que considera que, por tanto, «no puede compartir como se alega que Etxeberría fuera el único que podía exigir a Nasipa el abono de tales gastos».