Judicatura tumba fallo que reintegró en su cargo al Alcalde de Cartagena
Judicatura tumba fallo que reintegró en su cargo al Alcalde de Cartagena
Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)
Manuel Vicente Duque deberá salir del cargo después de la notificación. La ProcuradurÃa General lo suspendió por tres meses.
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura revocó el fallo que reintegro en su cargo al alcalde de Cartagena, Manuel Vicente Duque.ÂEl mandatario deberá entonces cumplir el fallo de la ProcuradurÃa General que lo suspendió tres meses de su cargo mientras se adelanta la investigación por las irregularidades en la construcción del edificio Blas de Lezo II.
El alto tribunal determinó que los magistrados de la Sala Jurisdiccional del Consejo Seccional de la Judicatura de BolÃvarÂno tenÃan la competencia para resolver la acción de tutela presentada por la defensa del mandatario. Esto al considerar que este tipo de casos debe ser estudiado por la justicia contenciosa administrativa.
La presidenta encargada de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Julia Emma Garzón explicó que en el debate jurÃdico se decidió revocar el fallo de tutela pues la acción era improcedente.«Toda vez que los accionantes tienen otras vÃas contencioso administrativas y la norma es muy clara».
Por estos hechos, se compulsaron copias para que se investiguen penal y disciplinariamente los magistrados que avalaron las pretensiones de la tutela, suspendiendo los efectos de las medidas cautelares emitidas por la ProcuradurÃa General que suspendió al Alcalde de Cartagena.
«La Sala Jurisdicción Disciplinaria está compulsando copias en casi todos estos eventos precisamente para investigar la trasparencia de la conducta de los funcionarios judiciales», precisó la magistrada Garzón.«Cuando hay causales de improcedencia tan obvias la Judicatura está compulsand copias».
Una vez sea notificado de la decisión de la el alcalde de Cartagena deberá salir inmdiatamente de su cargo.ÂEn contra de este fallo no existe recurso alguno.Â