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Corte Suprema absuelve al exdirector de Fiscalías en Bogotá, Carlos Hernando Arias

Corte Suprema absuelve al exdirector de Fiscalías en Bogotá, Carlos Hernando Arias

 

Corte Suprema absuelve al exdirector de Fiscalías en Bogotá, Carlos Hernando Arias

 

Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)

 

El exfuncionario era investigado por, presuntamente, haber incidido en una investigación para lograr su preclusión a través de la fiscal Teresita Barrera Madera.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exdirector de la Seccional de Fiscalías de Bogotá, Carlos Hernando Arias Pineda. El alto tribunal consideró que las pruebas, que en su momento presentó la Fiscalía, no fueron suficientes para que el exfuncionario fuera condenado por el delito de tráfico de influencias. El caso se remonta a mediados de 2001 cuando Arias Pineda, al parecer, intentó influenciar a una fiscal para que resolviera, con preclusión, una investigación que se adelantaba en contra de una abogada.

Según el ente investigativo, Arias Pinera habría influenciado a la fiscal 135 adscrita a la Unidad Quinta de Fe Pública y Patrimonio Económico de Bogotá, Teresita Barrera Madera, quien llevaba una investigación en la que el Estado colombiano perdió más de $500 millones. En 1999, la Compañía Central de Seguros expidió una póliza que tenía como objetivo cubrir enfermedades de alto costo del régimen subsidiado a los reclusos de Inpec entre diciembre de 1998 y mayo de 1999.

Sin embargo, la sociedad Maalula Ltda, encargada de recaudar el dinero y consignarlo en una cuenta a nombre de la aseguradora, adulteró dicha póliza que se prolongó por seis meses más. Esta acción provocó, entre otras cosas, que el Inpec realizara dos pagos por $513 millones cada uno y que fueron recaudados por la sociedad. Es decir, solo se debía haber hecho un desembolso y no dos. La aseguradora, percatándose de las irregularidades, presentó la denuncia contra Martha Cecilia Rodríguez Barguil, entonces gerente de Maalula Ltda, por los delitos de falsedad en documento privado y estafa. Esta investigación fue asumida por la fiscal Teresita Barrera Madera.

Luego de analizar las pruebas que en su momento tenía, la fiscal Teresita Barrera Madera consideró que sí había méritos para responsabilizar penalmente a Cecilia Rodríguez Barguil y otros dos empleados de la empresa. No obstante, la fiscal fue cuestionada varias veces por el exfiscal Carlos Hernando Arias Pineda por los avances de la investigación y le sugirió que revisara el expediente para ver si cambiaba de opinión. A principios de 2003, cuando Barrera Madera se aprestaba a tomar decisiones en el caso, salió a vacaciones y cuando regresó , encontró que la investigación la habían prelucido.

Luego de escuchar a las dos partes del proceso, el magistrado de la Corte Suprema, José Luis Barceló Camacho, ponente en este caso, se cuestionó: ¿Carlos Hernando Arias Pineda, en su condición de director seccional de Fiscalías de Bogotá indebidamente ejerció alguna influencia sobre los fiscales Teresita Barrera Madera (…) para adoptar determinada decisión dentro del proceso?  El magistrado citó el testimonio rendido por la propia Barrera Madera que, después de un estudio detallado, determinó que “la apreciación integral e imparcial de su dicho hace éste no sea enteramente confiable, por las inconsistencias que presenta”.

La Corte Suprema, además, estudió los argumentos presentados por la defensa de Arias Pineda, quien argumentó que Barrera Madera sentía “animadversión hacía el procesado porque fue desvinculada de la Fiscalía luego de una versión de este, quien la calificó de inepta e ineficaz”, y que este sentimiento se hizo latente cuando, ante varios interrogantes de la defensa, se negó a responder mientras que no se aclarara la finalidad del cuestionamiento.

Por otro lado, la Sala Penal dice que el testimonio de Barrera Madera no encontró respaldo, especialmente, en las declaraciones de David de Jesús Rincón –entonces jefe de la Unidad Quinta de Fiscalías contra la Fe Pública–, quien expresó que no habló de eset con la fiscal ni con el procesado Arias Pineda, y que este no tenía ningún interés en este expediente. En la sentencia, de 21 páginas, la Corte manifestó que Rincón  “jamás se reunió privadamente con Barrera ni sirvió de mensajero o intermediario entre el Arias y ella (Barrera Madera)”.

Es claro que para el alto tribunal no le permite adquirir certeza de que el exdirector de la Seccional de Fiscalías de Bogotá, Carlos Hernando Arias Pineda, sea responsable de las conductas que se le atribuyen, por lo que finalmente decidieron absolver, casi 17 años después, al procesado.

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