Bernardo Moreno y María del Pilar Hurtado tendrán que ofrecer excusas a Yidis Medina
Bernardo Moreno y María del Pilar Hurtado tendrán que ofrecer excusas a Yidis Medina
Fuente EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)
Los exfuncionarios de la era Uribe deberán, además, indemnizar a la excongresista por haber afectado su derecho al buen nombre a través de actividades ilegales del DAS.
Dos alfiles del uribismo, condenados por las chuzadas ilegales que realizó el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), tendrán que pedirle perdón a la excongresista Yidis Medina por afectar su derecho al buen nombre. Así lo ordenó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al determinar que María del Pilar Hurtado y Bernardo Moreno, exdirectora del DAS y exsecretario de la Presidencia respectivamente, tendrán que presentarle excusas antes de tres meses a la exrepresentante y hacerlo público en un diario de alta circulación en Barrancabermeja.
Al ratificar las condenas de 14 años de prisión a María del Pilar Hurtado y ocho años a Bernardo Moreno, la Corte Suprema de Justicia admitió la solicitud planteada por Jesús Parra, abogado de Medina, según la cual los condenados debían formalizar una reparación a la excongresista por el daño moral que le causaron y, a título de satisfacción por los perjuicios causados, ofrecerle excusas a través de un medio de comunicación. La idea es que el acto sirva para enmendar las actividades ilícitas que ambos realizaron con el fin de desacreditarla.
Para su decisión, la Corte se remitió a la condena contra Hurtado y Moreno del 28 de abril de 2015, donde describió, de manera detallada, las labores de inteligencia desplegadas por el DAS contra Yidis Medina y, en general, contra opositores del gobierno de Álvaro Uribe, como los entonces senadores Piedad Córdoba y Gustavo Petro, el periodista Daniel Coronell, el magistrado César Julio Valencia y el abogado Ramiro Bejarano. Esas labores de seguimiento y recopilación de información tuvieron un destinatario: Bernardo Moreno Villegas, exsecretario de la Presidencia.
La Corte Suprema de Justicia expresó que, de acuerdo con lo establecido en la investigación, los hechos por los que reclamó la excongresista Yidis Medina consistieron en el despliegue que realizó el DAS para reunir información encaminada a desprestigiarla, difundiendo falsedades sobre supuestos vínculos con el Ejército de Liberación Nacional (Eln). Dicha información, según el fallo, se concretó a través de la autorización de María del Pilar Hurtado de pagar $20 millones a un fotógrafo de Barrancabermeja, Jesús Villamizar, para que aportara una fotografía en la que, supuestamente, Medina aparecía con un comandante de esa guerrilla. El pago incluía el silencio de Villamizar.
La orden de la exdirectora del DAS derivó en dos acciones más: pegar afiches en varios municipios de Santander para vincular a Yidis Medina con el Eln y organizar una rueda de prensa en la que el fotógrafo Villamizar ratificó esos presuntos nexos. Según la Corte Suprema, tal conducta afligió la esfera íntima de la demandante. Y no sólo eso: aunque la Corte Suprema no lo plantea, los afiches fueron la antesala a que en agosto de 2012 Yidis Medina fuera condenada a 32 años de prisión por su supuesta responsabilidad en el secuestro de tres funcionarios de la Fiscalía de Barrancabermeja, cometido por el Eln.
Hubo una circunstancia que jugó en contra de Medina y que pudo haber facilitado la campaña de desprestigio que el DAS orquestó en su contra. Cuando se produjo la información falsa contra la excongresista, ya había estallado la controversia por la comprobada “compra” de su voto en la Cámara de Representantes en 2004, durante el trámite del acto legislativo que permitió la reelección de Álvaro Uribe Vélez en 2006, a pesar de que días antes había expresado su apoyo para archivar la propuesta. Por “vender” su voto, Medina fue condenada en 2008 a tres años y medio de prisión. Por el supuesto secuestro perpetrado con el Eln pasó un año más detenida.
“Contar con antecedentes penales por un delito doloso y que ello sea de público conocimiento, no puede hacer nugatorio al derecho al buen nombre, (…) el cual no desaparece porque el Estado, frente a un hecho punible concreto, haya logrado desvirtuar la presunción de inocencia, puesto que ello sería tanto como admitir que a la persona con antecedentes penales se les puede injuriar o difamar sin ninguna consecuencia, privando a estos individuos de un derecho fundamental”, se lee en el documento de 49 páginas conocido por El Espectador.
De manera categórica, la Corte expresó que, aunque Yidis Medina es recordada como la parlamentaria que contribuyó a través del cohecho (soborno) a una modificación de la Constitución Política —acto legislativo—, de todas formas su nombre se vio afectado por el DAS, atribuyéndole conductas que eran contrarias a la realidad, como su relación con el Eln. Para la Corte, tales circunstancias “generaron en ella sentimientos de angustia y sufrimiento de los que dieron cuenta sus familiares, construyendo tal afectación interna, en daño moral reclamado”.
Si bien el abogado defensor de Yidis Medina solicitó una indemnización por perjuicio moral de $222 millones, la Corte manifestó que las actividades ilegales desplegadas por el DAS no fueron tan graves como para justificar una indemnización como la solicitada, toda vez que la divulgación de la información falsa en el 2008 por parte del DAS ya era conocida por la opinión pública. La Sala de Casación Penal determinó como justo el pago de $20 millones en favor de la excongresista, que tendrá que ser asumido por María del Pilar Hurtado y Bernardo Moreno.
Finalmente, la ponencia del magistrado Fernando Alberto Castro Caballero, apoyada por la Sala Penal, explica que la solicitud de reparación simbólica solicitada por Yidis Medina no afecta la autonomía ni la dignidad de la exdirectora del DAS, ni tampoco las del exsecretario de Presidencia, porque “es claro” que la conducta desplegada por los dos sí generó agravios a la exparlamentaria oriunda de Barrancabermeja (Santander) y protagonista del hecho que, de cierta manera, cambió el destino del acto legislativo de 2004 y finalmente permitió el segundo mandato de Álvaro Uribe Vélez.