Cargos a exfuncionarios de Petro por modelo de recolección de basuras

Cargos a exfuncionarios de Petro por modelo de recolección de basuras

Cargos a exfuncionarios de Petro por modelo de recolección de basuras

Fuente: EL TIEMPO (Ver Noticia Original)

De acuerdo con la Fiscalía, hubo un detrimento patrimonial superior a los 56 mil millones de pesos. En audiencia, la Fiscalía General imputó cargos por celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación contra Diego Fernando Bravo Borda, José William Garzón Solis, Jaime Humberto Mesa Buitrago, Mario Álvarez Ulloa y Ricardo Agudelo Sedano.

Los mencionados exfuncionarios no aceptaron los cargos, y el fiscal se abstuvo de pedir la medida de aseguramiento.Los cinco mencionados – exfuncionarios distritales – son investigados por las presuntas irregularidades registradas con la prestación del servicio público de aseo para Bogotá. El expediente se refiere el cambio del esquema de la prestación del servicio de aseo adoptado por el entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego.

Las irregularidades se habrían registrado durante el segundo semestre del año 2012, en la que intervinieron la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos [UAESP], la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá [EAAB], y la empresa Aguas de Bogotá.

Para la Fiscalía, las presuntas irregularidades detectadas en el proceso de contratación afectó la prestación del servicio – en los años 2012, 2013, 2014 – y se generó un detrimento al patrimonio público por un valor 56.763.373.190.00.

En el mismo se señala que Bravo Borda, quien ostentaba el cargo de director de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, suscribió dos contratos interadministrativos, el  No. 017 de 2012, «que tenía como objeto la gestión y operación del servicio público de Bogotá D.C., en sus componentes de recolección, barrido, limpieza de vías y áreas públicas, entre otras actividades de aseo en la capital».

El segundo contrato,  No. 1- 07-10200-0809-2012 de 2012, con el objeto de prestación del servicio de aseo en toda la ciudad y en el que intervino Mario Álvarez Ulloa,  ex gerente de Aguas de Bogotá – entre el  18 de octubre de 2012 y el 31 de diciembre de 2012.

Los contratos se celebraron entre la EAAB y Aguas de Bogotá, «sin que esta última entidad tuviera experiencia, idoneidad y capacidad técnica y operativa para la prestación de ese servicio«, resalta en el documento la Fiscalía.

De igual forma, señala el ente acusador que Bravo realizó una «modificación irregular estatutaria al objeto en lo que se refiere a que el objeto del contrato tuviera relación directa con el objeto de la entidad ejecutora no cumpliendo con la previsión normativa del Decreto 734 de 2012, vulnerándose los principios de transparencia, economía, responsabilidad propios del régimen de contratación estatal».

No obedecían a la geografía, el clima, las pendientes ni la accesibilidad para la prestación del servicio de aseo público que se necesitaba

A la vez, señala la Fiscalía,  Bravo suscribió el contrato No. 1-06-263000848-2012, el cual tenía como objeto la adquisición de maquinaria y equipos para la prestación del servicio de aseo en la ciudad de Bogotá por parte de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, y que se suscribiría entre EAAB y DAEWOO – KMA.

Ese contrato se derivó de la licitación pública IT-0804-2012, y resalta la Fiscalía que dentro de este proceso contractual «hubo deficiencias en los estudios previos como de la insuficiencia del pliego de condiciones», y expone que no se cumplió con  las especificaciones técnicas de los equipos y maquinarias que no fueron las adecuadas para la prestación del servicio de aseo para Bogotá.

Ya que no obedecían «a la geografía, el clima, las pendientes ni la accesibilidad para la prestación del servicio de aseo público que se necesitaba; Bajo la dirección del señor Bravo, la EAAB, decidió recibir los vehículos en condiciones contrarias a lo estipulado en el contrato, lo que afecto el cumplimiento del objeto contractual y por ende la prestación del servicio de aseo en Bogotá, la cual tuvo que ser delegada a operadores privados, para cumplir con el servicio», puntualiza el ente acusador.

Señala la Fiscalía que Garzón, ex gerente corporativo de tecnología de la  EAAB y  Mesa Buitrago, exdirector de contratación y compras, intervinieron en la licitación pública  No. IT-0804-2012 (de fecha 31 de octubre de 2012) y en varios de los contratos «entre ellos estructurarían el proceso de licitación de manera irregular», ya que los estudios previos fueron insuficientes lo que ocasionó una compra sobredimensionada de vehículos que no cumplían con los requerimientos suficiente para prestar el servicios de aseo en Bogotá, vulnerando los principios de transparencia, economía, selección objetiva y responsabilidad, propios de la contratación estatal.

A Agudelo Sedano, en calidad de exgerente de Aguas de Bogota (entre el 2 de enerode 2013 y el 16 de febrero de 2014) suscribió el contrato de Comodato No. 9-99-10200-0161-2013, el cual tenía como objeto hacer entrega en comodato de la maquinaria y equipos adquirida para la prestación del servicio de aseo en la ciudad de Bogotá.

Para el 21 de marzo de 2013 con la EAAB., derivado del Contrato interadministrativo No. 1-07- 10200-0809-2012 mediante el cual la EAAB haría entrega de 278 vehículos y equipos a Aguas de Bogotá, para que fueran empleados en la operación del servicio público de aseo en la capital, no supervisando de manera adecuada este contrato comprometiendo los recurso de Aguas de Bogotá, pues debía procurar por el mantenimiento de los vehículos sin contar con la capacidad financiera para ello.

Por lo anterior, suscribirá contratos de transporte 04,13, 14, 15, 19, 21 y 22 de 2012 por parte de Aguas de Bogotá, que tuvieron como objeto la recolección de los residuos domiciliarios de aseo, los cuales se hicieron en vehículos tipo volquetas, desconociendo el reglamento para la prestación del servicio de aseo establecido en el Decreto 2981 de 2013, lo cual generó afectaciones e impactos económicos negativos para la empresa.

Resalta el ente acusador en la investigación  que, adicional a ello, los mismos fueron suscritos sin que se contara con el certificado de disponibilidad presupuestal, omitiendo requisito de la normatividad contractual, como también se suscribieron adiciones que superarían el 50 por ciento del monto inicial en contravención del Estatuto de la Contratación Pública.

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