Carlos Mattos fue determinador en caso Hyundai, según juez

Carlos Mattos fue determinador en caso Hyundai, según juez

Carlos Mattos fue determinador en caso Hyundai, según juez

Fuente: WRADIO (Ver Noticia Original)

Un juez de la República impuso la décima condena en el caso Hyundai. La W conoció en primicia que un juez de la República impuso la décima condena en el caso Hyundai.

Se trata de la pena 44 meses de prisión domiciliaria y una multa de 37 salarios mínimos impuesta al ingeniero que manipuló el reparto judicial para favorecer al empresario Carlos Mattos. El ingeniero aceptó su responsabilidad en el delito cohecho propio.

El juzgado también lo condenó a la pérdida del empleo cargo público e inhabilitación para desempeñar cargos públicos u oficiales por un término de cinco años.

Según la Fiscalía, el 26 de febrero de 2016 el ingeniero Edwin Enrique Angulo, en compañía de varias personas más que laboraban en la Rama Judicial, manipularon el sistema de reparto a fin que una demanda interpuesta por Carlos Mattos, accionista de la empresa Hyundai, fuera asignada al Juzgado 6° Civil del Circuito de Bogotá.

“Para tal fin, tuvieron que interferir en forma indebida el sistema de tal manera que la demanda que se iba a radicado tres minutos siguientes con toda seguridad fuera asignada al mentado Despacho Judicial sin que el software lograra detectar la intromisión”, se lee en el documento.

En la decisión del juez, este indica que en la investigación se concretó que Mattos fue el determinador de los hechos.

En el fallo, el funcionario judicial señala la forma en que se contactaron Mattos y todas las personas involucradas, además de las reuniones que se celebraron para concretar a qué juzgado debía llegar el reparto, por haber existido acuerdo previo con el juez 6 civil del circuito.

“Para lo cual se hizo necesario contactar a diversas personas funcionarias de la administración judicial y que tenían conocimiento del sistema de reparto y la forma en que podían manipularlo para asegurarse que el proceso llegara al juzgado mencionado”.

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