Con dictamen de un ex-FBI, el senador Pulgar busca quedar en libertad
Con dictamen de un ex-FBI, el senador Pulgar busca quedar en libertad
Fuente: EL TIEMPO (Ver Noticia Original)
Experto que participó en caso Clinton-Lewinsky pone en entredicho audios clave. Peritos responden. Por pico de tensión atípica, el capturado senador de ‘la U’ Eduardo Enrique Pulgar Daza dijo que no podía asistir a la audiencia virtual a la que lo citó la Procuraduría, el miércoles pasado, para procesarlo disciplinariamente por una conducta calificada como gravísima y a título de dolo.
En los códigos se conoce como cohecho, pero no es otra cosa que un intento de soborno. a un juez de la república para influir en un proceso penal, es la génesis de este caso, que le puede costar su fulminante destitución y, en el campo penal, hasta 12 años de cárcel.
En los últimos 10 días, la procuraduría de Fernando Carrillo lo emplazó dos veces para finiquitar su suerte por presuntamente ofrecer la jugosa coima para favorecer en un millonario pleito a su amigo Luis Fernando Acosta Osio.
Pero el 8 de enero, la audiencia virtual se canceló porque el Inpec eligió ese día para hacerle mantenimiento a sus computadores. Y luego vino la subida de tensión, que llevó a que la audiencia quedara reprogramada para el 25 de enero, ya bajo la administración de Margarita Cabello, nueva procuradora.
¿Audios manipulados?
Sin embargo, en el tablero penal, el caso del suspendido senador sí se ha movido.
Hace cinco días, la defensa de Pulgar, en manos del penalista Jaime Granados, se jugó una carta ‘técnico-jurídica’ para intentar reversar la medida de aseguramiento y poner en entredicho la principal evidencia: los audios en los que se escucha a un hombre señalado como Pulgar hablar de “la vueltecita”.
EL TIEMPO estableció que, el 12 de enero, poco después de mediodía, llegaron 185 folios al despacho de Marco Antonio Rueda Soto, el magistrado de la Sala de Instrucción que ordenó la captura de Pulgar y que, además de cohecho, lo procesa por presunto tráfico de influencias y delitos contra la participación democrática.
El togado ya accedió a revisar la objeción al dictamen pericial realizado a esas grabaciones por expertos de la Procuraduría.
Según la defensa de Pulgar, hay un “error grave” en el dictamen que pone en entredicho a los peritos de la Procuraduría y demostraría la posible manipulación de los audios que el exjuez Andrés Rodríguez Caez (hoy en exilio, por seguridad) entregó como evidencia de la oferta de los “200 palos”.
Fuentes de la Corte recordaron que los audios no son la única evidencia. No obstante, analizan los folios radicados por Granados y también se evalúa la respuesta de la Procuraduría.
En esta se asegura que la prueba aportada no está viciada y que los errores señalados por la defensa son desacuerdos en el análisis y conclusiones, que no invalidan el dictamen.
Granados, sin embargo, cree que los hallazgos pulverizarían la prueba. Y respalda sus señalamientos en un dictamen de un ingeniero al que identifica como Douglas S. Lacey, experto en temas forenses que –dice– trabajó siete años para el FBI.
El ex-FBI
A la defensa le pareció pertinente señalarle a la Corte que Lacey participó en estudios forenses, como la recuperación de datos de voz de la cabina del vuelo 93 de United Airlines que se estrelló en 2001; y la autenticidad y análisis de los audios de Linda Tripp y Mónica Lewinsky, dentro de la investigación en contra del presidente Bill Clinton.
Ya entrando en materia, Granados dice que la oficina de Lacey dictaminó que es técnicamente imposible que Rodríguez Caez haya usado una grabadora Sony ICD-PX312F, lanzada en 2011, para grabar la reunión con Pulgar.
La defensa cree que los hallazgos pulverizarían la prueba. Y respalda sus señalamientos en un dictamen de Douglas S. Lacey, experto en temas forenses que –dice– trabajó siete años para el FBI.
Según el periodista Daniel Coronell, que reveló los audios, la reunión se dio en 2017 y, días después, hubo otra con el político costeño David Name Terán.
De acuerdo con el perito de la defensa, la fecha contenida en los metadatos del archivo 080116_004.MP3 (que correspondería a la reunión con Pulgar) indica que estos fueron creados en enero de 2008.
A partir de ese dictamen, la defensa concluye que se rompió la llamada cadena de custodia y que los audios fueron implantados en el aparato: “O bien la grabación no fue creada con la grabadora que indica el exjuez –la cual desapareció–, o bien los metadatos de sus archivos fueron modificados a una fecha anterior”.
Cualquiera de esas dos posibilidades llevan a Granados a concluir que “los audios no puedan considerarse auténticos” y tampoco la copia espejo que entregó el exjuez.
La Procuraduría descartó de plano la ilegalidad, pero Granados dice que no aportó sustento técnico.
En todo caso, el ex juez Rodríguez Caez ratificó bajo juramento el intento de soborno de Pulgar y entregó detalles de la reunión, a pesar de que en el Grattacielo (el lujoso edificio donde vive Pulgar) no apareció la bitácora de entradas y salidas de visitantes.
Y el alcalde de Usiacurí, Atlántico, Ronald Padilla, confirmó que sí se efectuó la reunión entre el entonces juez y Name Terán (de la que hay registro fotográfico), aunque este último niega que su voz sea la del audio.
Más que un error grave se advierte desacuerdo con el análisis y conclusiones presentadas en el dictamen: Procuraduría.
La Sala Especial de Juzgamiento de la Corte avanza en el control de legalidad a la medida de aseguramiento que solicitó la defensa.
Antes del 25 de enero, tanto esa sala como el magistrado Rueda Soto se pronunciarán de fondo sobre el caso. Para ese momento, Pulgar tendrá que enfrentar a la Procuraduría, ahora bajo el mando de Cabello. Mientras tanto, seguirá en La Picota.
La respuesta de la Procuraduría al peritazgo
Myriam Ávila Roldán, procuradora delegada para la investigación y juzgamiento penal, fue la encargada de refutar las objeciones presentadas por la defensa de Eduardo Pulgar al peritazgo hecho por sus expertos a los audios entregados por el exjuez Andrés Rodríguez Caez.
De entrada, la delegada le pidió a la Corte desestimar las objeciones.
Para la Procuraduría es claro que las reglas y buenas prácticas que la defensa señala “no son vinculantes ni invalidan las labores de cadena de custodia realizadas por los peritos de la entidad”.
Además, señala que la cadena de custodia no es el único medio para verificar la autenticidad e integridad de la prueba: “Esto último puede corroborarse a partir del análisis conjunto de otros medios probatorios y hace parte de la valoración judicial”.
deber de mantener la cadena de custodia de los audios. “Afirmar lo contrario implicaría imponer cargas desproporcionadas a los testigos, denunciantes y víctimas en los procesos penales”.
Finalmente, dice que, a la luz de las reglas jurisprudenciales, no se logra identificar la entidad del error grave presuntamente cometido en el dictamen pericial.
“Más que un error grave se advierte desacuerdo con el análisis y conclusiones presentadas en el dictamen”, puntualiza.