Condenan a exgobernador de Chocó por autorizar recursos públicos para almuerzos en debate electoral

Condenan a exgobernador de Chocó por autorizar recursos públicos para almuerzos en debate electoral

Condenan a exgobernador de Chocó por autorizar recursos públicos para almuerzos en debate electoral

Fuente: BLU RADIO (Ver Noticia Original)

El exgobernador del Chocó autorizó giros con recursos públicos a favor del también condenado exgobernador Roger Mosquera, cuando era secretario de Hacienda. La Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador de Chocó Julio Ibargüen Mosquera a 8 años y 3 meses de prisión y una multa de 80,7 salarios mínimos legales mensuales vigentes, como autor del delito de peculado por apropiación en favor de terceros.

La Corte se refiere a la resolución No. 1867 del 22 de octubre de 2007, mediante la cual el exgobernador ordenó el giro de 35 millones de pesos en favor de Roger Pastor Mosquera Lozano, quien se desempeñaba como secretario de Hacienda Departamental, presuntamente, con el fin de atender gastos relacionados con un debate electoral que se celebraría el 28 de octubre de ese año, específicamente sobre el pago de almuerzos, refrigerios y cena para el personal de la delegación del departamento.

La sala especial de primera instancia determinó que Mosquera Lozano se apropió de esos dineros, a pesar de que trató de legalizar ese gasto con facturas que no guardan relación con el objetivo del presupuesto solicitado.

“Se observa que el gobernador del Chocó, además de autorizar la entrega de 35 millones de pesos de propiedad del departamento a Roger Pastor Mosquera Lozano para gastos no autorizados por la ley, suscribió la resolución por medio de la cual legalizó el avance con facturas de fechas posteriores a las referenciadas en la solicitud de los delegados de la Registraduría Nacional del Estado Civil y, en cantidades de almuerzos y refrigerios muy superiores”, señala la sentencia.

En el mismo pronunciamiento, la corte absolvió al exgobernador Ibargüen Mosquera como autor de peculado por apropiación respecto de las resoluciones 2273 del 11 de diciembre de 2007, 2276 y 2277 del 12 de diciembre de 2007, dado que la sala especial evidenció que la Fiscalía no ofreció pruebas.

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