Consejo de Estado anula sanción de más de $5.000 millones a Ecopetrol

Consejo de Estado anula sanción de más de $5.000 millones a Ecopetrol

Consejo de Estado anula sanción de más de $5.000 millones a Ecopetrol

Fuente: EL TIEMPO (Ver Noticia Original)

La multa la había dado municipio de Antioquia que consideró que la firma debía pagar unos impuestos. Tras analizar el caso, el Consejo de Estado anuló sanciones tributarias por más de 5.450 millones de pesos que el municipio Puerto Nare, en Antioquia, le había impuesto a Ecopetrol por no haber pagado el Impuesto de Industria y Comercio (ICA) en ese municipio 2012 y 2013.

Pese a que la empresa le había pedido al municipio dejar sin efectos las dos sanciones -una por casi 940 millones de pesos y otra por más de 4.500 millones- el ente territorial las dejó en firme, por la cual la petrolera inició un recurso de nulidad y restablecimiento del derecho, con el que buscaba que los jueces declararan que no estaba obligada a presentar liquidación privada de ICA esos años, por lo tanto, no había lugar a la sanción.

Según argumentó Ecopetrol, las labores de exploración y explotación de hidrocarburos estaban exentas del pago de cualquier impuesto municipal o departamental. Añadió que el pago de regalías que efectuó en ese municipio en 2012 y 2013 fue superior a la tarifa que le correspondería por ICA y recalcó que la ley exime del cobro del impuesto al contribuyente que gire tales regalías por un valor mayor a la liquidación correspondiente por ICA, no tenía que asumir esta obligación.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Antioquia accedió a las pretensiones de la demanda, y sostuvo que, dado que el valor pagado por regalías en los tres campos que explota Ecopetrol en Puerto Nare es mayor a lo que le hubiese correspondido por el pago del ICA, no debía pagar ese impuesto. Sostuvo que el hecho de que la empresa asociada con Ecopetrol en estas actividades estuviera obligada a pagar ICA, porque el monto de las regalías pagadas a Puerto Nare era menor a la tarifa del impuesto, no implicaba que ella misma debiera hacerlo.

El municipio apeló la decisión, por lo que el caso llegó al Consejo de Estado. Puerto Nare sostenía que la exención de ICA por pago de regalías debía ser analizada frente a cada campo de explotación de hidrocarburos. Así, a juicio del municipio, Ecopetrol estaba obligada a cancelar el impuesto por su participación del 50 por ciento en el campo Underriver. Añadió que la empresa no pagó regalías ni por este último campo de explotación, ni por el conocido como Nare.

No obstante, el Consejo de Estado negó la apelación y anuló la sanción tributaria. Esto al advertir que la exención por pago de regalías no se debe calcular respecto a un campo o mina individualmente, sino que se origina porque las regalías generadas por la totalidad de la actividad de explotación del subsuelo que se adelante en el respectivo municipio sean iguales o superiores a la tarifa de ICA que le hubiese correspondido pagar. Dado que la totalidad de las regalías pagadas por Ecopetrol en este municipio durante los dos periodos son superiores, no estaba obligada a pagar ICA.

También te podría gustar...