Consejo de Estado mantiene sanción por desacato contra el general (r) Nicacio Martínez
Consejo de Estado mantiene sanción por desacato contra el general (r) Nicacio Martínez
Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)
En marzo de 2019, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca sancionó con multa de dos salarios mínimos al entonces Comandante del Ejército por incumplir una sentencia que pedía desacuartelar a un soldado, expedir su respectiva libreta militar y autorizar que se le practicara una cirugía de rodilla.
El Consejo de Estado negó una tutela del excomandante del Ejército, general (r) Nicacio Martínez, que pedía que se dejara sin efectos una sanción de un salario mínimo mensual vigente que le impuso el Tribunal Administrativo de Cundinamarca por desacato a un fallo de tutela. Esta última acción judicial le ordenaba a la institución castrense de desacuartelar a un soldado, expedir su respectiva libreta militar y autorizar que se le practicara una cirugía de rodilla.
Luego que se le abriera un incidente de desacato contra el alto oficial del Ejército porque, supuestamente, no se habían cumplido los procedimientos para que la Unidad de Sanidad del Ejército atendiera al soldado, al general (r) se le impuso la sanción por desacato. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó el pago de dos salarios mínimos mensuales vigentes, pero posteriormente la Sección Quinta del Consejo de Estado redujo su valor a un solo salario.
En su defensa Martínez señaló que el Director de Sanidad del Ejército Nacional informó sobre el cumplimiento de la orden de tutela, es decir, que el soldado «se encuentra activo en el sistema de salud de las fuerzas militares y tuvo consulta con la especialidad de ortopedia, como lo pidió cuando propuso el incidente de desacato», señaló el general retirado del Ejército y que hasta hace pocos mese fue el comandante de la institución.
El alto tribunal concluyó que, al ser ratificada la sanción por desacato, no se le desconocieron los derechos fundamentales al militar (r), pues ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca «quedó en evidencia el incumplimiento a la acción de tutela, en la medida en que no se habían efectuado todos los exámenes necesarios para la práctica de la cirugía de rodilla, razón por la cual no era procedente el levantamiento de la multa», señaló el Consejo de Estado a través de un comunicado.