Corte condena en segunda instancia a exgobernador de La Guajira

Corte condena en segunda instancia a exgobernador de La Guajira

Corte condena en segunda instancia a exgobernador de La Guajira

Fuente: ELTIEMPO (Ver Noticia Original)

La Corte dejó la pena de José María Ballesteros en 177 meses y 8 días. En segunda instancia, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó este miércoles la condena que la Sala de Juzgamiento en Primera Instancia había proferido contra el exgobernador de La Guajira José María Ballesteros, por hechos de corrupción. Sin embargo, el alto tribunal bajó un poco su condena. Mientras en octubre del año pasado había sido condenado a 15 años de prisión, la nueva pena es de 177 meses y 8 días, unos 14 años y 9 meses.Â

Aunque Ballesteros había presentado un recurso contra la primera condena, la Sala Penal ratificó que es culpable por las irregularidades en un contrato por más de 17 mil millones de pesos para la investigación del dengue en ese departamento.

Así, fue condenado por los delitos de contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales, peculado en favor de terceros y concusión.

El contrato se celebró en el 2014 y, según el expediente, Ballesteros no verificó la experiencia de la entidad que contrató para ese proyecto, que fue la Organización Latinoamericana para el Fomento de la Investigación en Salud (Olfis), sino que, por el contrario, le entregó el negocio a dedo.

Según la acusación de la Fiscalía, el entonces gobernador sabía y permitió la apropiación de dineros públicos por parte de terceros.

En el proceso, la Fiscalía encontró que se inflaron costos de algunos elementos, como baldes de plástico en los que hubo sobrecostos de hasta 7 millones de pesos.

La Corte ratificó que aunque se le había sugerido al gobernador darle el contrato a una universidad que sí tenía experiencia en la investigación, la Gobernación solo invitó a participar a Olfis sin verificar su experiencia.Â

«Resulta impensable que el gobernador hubiera actuado guiado por el principio de buena fe o bajo una circunstancia de error porque cualquier persona prudente y diligente se habría percatado de la ausencia de la más mínima experiencia y capacidad administrativa de OLFIS para la ejecución de este tipo de proyectos», dijo en el fallo de primera instancia la Corte, sentencia que fue ratificada este miércoles por el alto tribunal.

La Corte también encontró que los anticipos llevaron a que el contratista se quedara con dineros que eran públicos, y se pagó por gastos que nunca hicieron parte del proyecto.

«Para la Sala, las contrataciones realizadas por OLFIS demuestran con suficiencia el desmedro del erario en significativa cuantía, pues en virtud de estos fictos contratos, un total de 175’969.528 pesos fueron dejados de invertir en el cumplimiento de los objetivos del proyecto de investigación», que era a donde debían ir esos recursos, dijo la Corte en su primera sentencia.

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