El Departamento del Tesoro sanciona al ministro de Defensa cubano y a la Brigada de Fuerzas Especiales por abusos contra manifestantes
El Departamento del Tesoro sanciona al ministro de Defensa cubano y a la Brigada de Fuerzas Especiales por abusos contra manifestantes
Fuente: U.S. DEPARTAMENT OF STATE (Ver Noticia Original)
En el día de hoy, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control, OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos sancionó a un individuo cubano y a una entidad cubana conforme con la Orden Ejecutiva (Executive Order, E.O.) 13818, que se basa e implementa la Ley Magnitsky sobre Rendición de Cuentas Global en Derechos Humanos (Global Magnitsky Human Rights Accountability Act) y actúa contra responsables de graves violaciones de derechos humanos y hechos de corrupción en todo el mundo. La medida de hoy se dirige al ministro de Defensa cubano ÁLVARO LÓPEZ MIERA (LÓPEZ MIERA) y la BRIGADA ESPECIAL NACIONAL (BEN) DEL MINISTERIO DEL INTERIOR (MININT) de Cuba, en relación con la represión de protestas pacíficas a favor de la democracia que empezaron el 11 de julio en Cuba.
“El pueblo cubano protesta en reclamo de los derechos fundamentales y universales que merecen que su gobierno reconozca”, señaló la secretaria Janet L. Yellen. “El Tesoro seguirá aplicando las sanciones que ha establecido en relación con Cuba, incluidas aquellas que se impusieron hoy, para apoyar al pueblo de Cuba en su búsqueda de democracia y alivio frente al régimen cubano”.
SANCIONES RELACIONADAS CON CUBA
Además de las sanciones que se aplicaron hoy en el marco del programa Magnitsky Global, la OFAC sigue aplicando el programa de sanciones de Cuba, el más amplio de su tipo que administra la OFAC. Con algunas excepciones orientadas a asegurar que se permitan ciertas categorías de la actividad económica que benefician de manera directa al pueblo cubano, la OFAC administra un embargo económico sobre Cuba que prohíbe que las personas estadounidenses (y las entidades que estén bajo la titularidad o el control de personas estadounidenses) participen en transacciones y brinden servicios que puedan sostener al régimen cubano. Asimismo, quedan bloqueados todos los ciudadanos cubanos, con independencia de si figuran en la Lista de Ciudadanos Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista SDN) del Departamento del Tesoro. El Departamento del Tesoro seguirá aplicando estas prohibiciones en forma congruente con las leyes y reglamentaciones relevantes.
ABUSO CONTRA MANIFESTANTES EN CUBA
El Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR) de Cuba, encabezado por LÓPEZ MIERA, ha tenido un papel integral en la represión de las protestas en curso en Cuba, en las cuales los ciudadanos cubanos piden el fin de un régimen que lleva 62 años y denuncian el deterioro de las condiciones de vida en la isla, además de reclamar el acceso a bienes y servicios básicos y atención médica. El MINFAR y los servicios de seguridad del gobierno cubano han agredido a personas que se manifestaban y han sido responsables de la detención o la desaparición de más de 100 manifestantes, en un intento por reprimir las protestas.
LÓPEZ MIERAha sido designado conforme a la Orden Ejecutiva 13818 por su carácter de individuo extranjero que es líder o funcionario del MINFAR, una entidad que por sí, o a través de sus miembros, ha participado en graves abusos de los derechos humanos relacionadas con su función. El MINFAR ha sido bloqueado conforme a las Reglamentaciones sobre Control de Activos Cubanos (Cuban Assets Control Regulations), disposición 31 C.F.R. parte 515 (CACR).
La BEN, también conocida como Boinas Negras, es una unidad de fuerzas especiales que depende del Ministerio del Interior (MININT) de Cuba, que fue designada previamente por la OFAC conforme a la Orden Ejecutiva 13818 el 15 de enero de 2021. Durante las manifestaciones de julio de 2021, el gobierno cubano envió a miembros de la BEN a reprimir y atacar a manifestantes.
La BEN ha sido designada conforme al Decreto Ejecutivo 13818 por encontrarse bajo la titularidad o el control, o por actuar o procurar actuar en representación, directa o indirecta, del MINIT, que, conforme se señaló antes, fue designado previamente por la OFAC conforme al programa Magnitsky Global por ser una persona extranjera que es responsable o cómplice, o partícipe directo o indirecto, en graves abusos de los derechos humanos.
CONSECUENCIAS DE LAS SANCIONES
Todos los bienes y participaciones en bienes de estas personas que se encuentran bloqueados conforme a las Reglamentaciones sobre Control de Activos Cubanos, disposición 31 C.F.R. parte 515 (CACR), siguen estando bloqueados. Las CACR prohíben que personas sujetas a la jurisdicción estadounidense realicen transacciones con bienes en los cuales tengan participación Cuba o algún ciudadano cubano, a menos que se encuentre autorizado o alcanzado por alguna exención. Asimismo, conforme a las Reglamentaciones sobre Sanciones Magnitsky Global, disposición 31 C.F.R. parte 583, quedan bloqueados todos los bienes y participaciones en bienes de las personas anteriores que se encuentren en Estados unidos o que estén en poder o bajo el control de personas estadounidenses, y se prohíben todas las transacciones de personas estadounidenses o que se realicen dentro de Estados Unidos (o que transiten por ese territorio) que involucren bienes o participaciones en bienes de personas designadas o alcanzadas por otras medidas de bloqueo, a menos que se encuentren autorizadas por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o que tengan algún otro tipo de dispensa. Estas prohibiciones incluyen realizar cualquier contribución o aporte de fondos, bienes o servicios por, para o en beneficio de cualquier persona alcanzada por un bloqueo, o recibir cualquier contribución o aporte de fondos, bienes o servicios de tal persona.