El recurso de Pinedo, exalcaldesa de Cartagena, para tumbar su condena

El recurso de Pinedo, exalcaldesa de Cartagena, para tumbar su condena

El recurso de Pinedo, exalcaldesa de Cartagena, para tumbar su condena

Fuente: EL TIEMPO (Ver Noticia Original)

Mediante un recurso de impugnación especial, la exalcaldesa de Cartagena, Judith Pinedo Flórez, busca tumbar una condena que en abril pasado el Tribunal Superior de Cartagena le impuso a 12 años y 5 meses de cárcel por, supuestamente, vender una playa. Es señalada porque siendo alcaldesa, en 2009, habría adjudicado ilícitamente un bien de uso público en favor de un hotel por un precio irrisorio.

Esta condena se dio en segunda instancia, ya que en un primer momento había sido absuelta, por lo cual la exmandataria pidió impugnar esta condena.

La tesis de la Fiscalía, que fue respaldada por la Procuraduría, es que el predio era un terreno de bajamar, propiedad de la nación, que no podía ser vendido.

No obstante, en el escrito de 60 páginas que contiene el recurso de impugnación, la defensa de Pinedo sostiene que en el proceso se demostró que no se vendió una playa pública, sino que se adjudicó al hotel «un bien baldío declarado como tal desde el año 1999. Es decir, la naturaleza del bien fue definida 10 años antes de que mi defendida tomara posesión como alcaldesa».

De acuerdo con el abogado Enrique del Río González, que representa a la exfuncionaria, la equivocación de la Sala Penal del Tribunal, que condenó a su clienta, radicó en la existencia de otro predio, que sí es de uso público, ubicado en zona aledaña al polígono Las Velas, cuya área es de 583,64m2 y que era el lugar donde funcionaba el establecimiento Sunset Beach.

«Entonces se vendió la errada tesis de que el Distrito en cabeza de la alcaldesa enajenó este bien de uso público. Pero basta con ver la Escritura Pública No. 408 de 23 de febrero de 2009 para establecer cuál fue el bien objeto de la adjudicación, donde se especifica que el bien enajenado tiene un área de 243.75m2. Y una naturaleza totalmente distinta», sostiene.

Frente al valor del predio, que para el Tribunal fue irrisorio pues el metro cuadrado en esa zona es más caro, el abogado señala que en el proceso judicial no hubo ningún contra avalúo o perito que justificara por qué el valor del polígono no era correcto. «No se allegó ninguna prueba que contradijera el precio y las razones objetivas y científicas dadas, no solo por el ingeniero avaluador sino también por dos peritos expertos avaluadores adscritos a la Lonja por lo que este quedó incólume y por lo tanto con una verdad procesal ineludible», se lee.

Por todo ello, para la defensa de la exalcaldesa no existió entonces ningún delito ni tampoco tuvo Pinedo intención de incurrir en alguna conducta punible, pues confió en el registro público que establecía que el predio en cuestión era un baldío.

«Todo el escenario jurídico y fáctico estaba dado para que cualquier persona, incluso siendo la más desconfiada, suscribiera la escritura pública de venta, tal como se hizo. Pues, la alcaldesa suscribió la misma atendiendo de buena fe al avalúo realizado por tres expertosÂy a las conclusiones plausibles que se brindaban en él, las cuales, para el momento de la suscripción de la escritura no recibieron ninguna tacha», expuso.

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