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En firme medida de aseguramiento contra el fiscal Rodrigo Aldana

En firme medida de aseguramiento contra el fiscal Rodrigo Aldana

En firme medida de aseguramiento contra el fiscal Rodrigo

Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)

Es procesado por haber recibido un apartamento del exsenador Otto Bula por favorecerlo en un proceso de extinción de dominio. El funcionario aceptó cargos.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se abstuvo de estudiar el recurso de apelación presentado por la defensa del fiscal Rodrigo Aldana Larrazábalen contra de la medida de aseguramiento en centro carcelario impuesta por un magistrado del Tribunal Superior de Bogotá el pasado 23 de abril dentro del proceso que se le adelanta por su presunta afectar la administración de justicia.

Con ponencia del magistrado José Luis Barceló, la Sala Penal determinó que el alto tribunal no puede fungir como juez de control de garantías ni juez de conocimiento en el caso de los aforados. En su compleja explicación advierte que la ley limita su conocimiento en este tipo de situaciones. (Ver Las sospechas que ya giraban sobre el fiscal Rodrigo Aldana)

En el documento de seis páginas se indica que es un “proceso cuyo conocimiento corresponde a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en única instancia, por encontrarse el investigado revestido de fuero legal, según lo nominado por el artículo 32-9 de la Ley 906 de 2004 y ser la corporación el máximo organismo de la jurisdicción ordinaria, como lo indica el artículo 234 de la Constitución Política”. (Ver Así cayó el fiscal Rodrigo Aldana)

Estos márgenes legales determinan que el alto tribunal solamente puede estudiar otro tipo de apelaciones. Para esto cita jurisprudencia sobre los límites que tiene cuando se presentan situaciones similares, reseñando que en ningún caso el juez que ejerza funciones de control de garantías podrá ejercer funciones de conocimiento. (Ver Las explicaciones de Otto Bula sobre el apartamento del fiscal Aldana)

“La apelación concedida por el magistrado que ejerció la función de control de garantías no es procedente porque el artículo 32-3 del Código de Procedimiento Penal precitado únicamente le concede competencia a la Sala de Casación Penal para conocer: “De los recursos de apelación contra los autos y sentencias que profieran en primera instancia los tribunales superiores”, señala la decisión.

La misma añade que pese a que el artículo 20 del Código Penal “establece como regla la segunda instancia para los autos que se refieran a la libertad del imputado, también deja a salvo las excepciones previstas en el mismo código, una de las cuales está constituida por la situación que aquí se encamina, pues no existe asignación de competencia para el ejercicio de la función ad quem frente a decisiones adoptadas por el Tribunal Superior de Bogotá”.

El fiscal Aldana aceptó su responsabilidad en los delitos de peculado por omisión, cohecho propio y concierto para delinquir.Según la investigación el funcionario habría recibido un apartamento ubicado en un exclusivo sector en el norte de Bogotá, avaluado en 300 millones de pesos, por parte del excongresista liberal, Otto Nicolás Bula Bula para que lo ayudará a archivar un proceso de extinción de dominio que se le adelantaba en el ente acusador.

La investigación reveló que el fiscal manipuló de manera indebida el expediente 11028 de extinción de dominio en contra de los bienes de los narcotraficantes Juan Fernando e Ignacio Álvarez Meyendorff. En las pesquisas apareció vinculada la sociedad Agropecuaria El Central, propiedad de Bula Bula. La sociedad habría servido para lavar dólares producto de las actividades ilegales a los Meyendorff.

En 2014, cuando Aldana fue ascendido a fiscal delegado ante el Tribunal de Bogotá adscrito al eje temático de investigaciones contra la corrupción de funcionarios en la administración de justicia. El funcionario no atendió de manera adecuada las solicitudes de las unidades de lavado de activos para que les enviara los respectivos expedientes frente a esta investigación.

En ese tiempo, pese a que no contaba con las facultades, proyectó una decisión que negaba la extinción de dominio sobre los bienes en poder de Bula. El 25 de agosto de 2015 devolvió el proceso, situación que generó serias dudas por parte de otros funcionarios de la Fiscalía General que presentaron la queja ante sus superiores. (Ver Los cuestionamientos al fiscal Rodrigo Aldana)

Otto Bula –señaló la Fiscalía- le entregó el apartamento 1101 del edifico Pentagrama, ubicado en la calle 76 # 86-40 en Bogotá, a Aldana a cambio de no perjudicarlo y cumpliendo “un acto contra la administración de justicia”. La Fiscalía también dijo que evidenció que ese inmueble fue escriturado a nombre de Margarita María Useche, una mujer que era del círculo cercano de Rodrigo Aldana y que, supuestamente, era su compañera sentimental. Añadió que Useche y Aldana se asociaron para afectar la administración de justicia, acto que se concretó cuando se demoró ocho meses en devolver el expediente en el que estaba vinculado Otto Bula.

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