Exgobernadorda de Huila Cielo González condenada por el Consejo de Estado
Exgobernadorda de Huila Cielo González condenada por el Consejo de Estado
Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)
El Consejo de Estado acaba de revivir un fallo de la Procuraduría que sancionó a la exalcaldesa de Neiva y exgobernadora del Huila, Cielo González, por el manejo irregular de 3.500 millones de regalías petroleras con las firmas Tigsa y Fiducol, mientras administró la capital del departamento (2004-2007). Por estos hechos, en enero de 2013, el Ministerio Público la destituyó e inhabilitó por tres años y la multó con $17 millones.
Según la Procuraduría, el fallo contra Cielo González, quien ganó la Gobernación del Huila avalada por el Partido de La U, los hechos por los que fue condenada disciplinariamente no prescribieron y que en ningún momento se violó el debido proceso. De acuerdo con el reciente fallo del Consejo de Estado “no le asiste razón al Tribunal Administrativo del Huila que al proferir sentencia (…) desconoció los lineamientos para determinar la prescripción de la acción disciplinaria, que fijó en esa época la Sala Plena».
Y agregó que «se aprecia en los libros de contabilidad de septiembre de 2007 que el entonces tesorero de la alcaldía relacionó los depósitos de grandes sumas de dinero del municipio a favor de Tigsa sin que el secretario de Hacienda, Luis Aníbal López; ni la alcaldesa Cielo González hubieran tomado las medidas pertinentes para averiguar la razón de tales operaciones contables, el origen de la sociedad Fiducor o su relación con el ente territorial”.
El Consejo de Estado también dice que esta situación demuestra que la administración de González no tenía controles para vigilar cómo se manejaban los dineros del erario, «acatando la ley, con entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y procurando que las inversiones no presentaran riesgos para el municipio”, afirmó el magistrado Gabriel Valbuena Hernández, quien fue respaldado por los togados Rafael Francisco Suárez y William Hernández.
“Todo lo expuesto lleva a concluir que en este caso la Procuraduría General de la Nación no incurrió en violación al debido proceso por falta de competencia, error en la valoración probatoria, ni por violación al derecho a la igualdad frente a la situación de Héctor Aníbal Ramírez”. Tampoco se incurrió en la violación de los principios de publicidad y contradicción por indebida notificación, así las cosas se revocará la decisión de primera instancia. En segundo lugar se negarán las pretensiones de la demanda”, precisó el magistrado Valbuena Hernández.