JEP le cerró la puerta al caso “chuzadas”: rechazó al exfiscal Fabio Martínez Lugo
JEP le cerró la puerta al caso “chuzadas”: rechazó al exfiscal Fabio Martínez Lugo
Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)
El exfiscal Fabio Martínez Lugo y el exinvestigador del CTI Luis Carlos Gómez Góngora habían prometido contar un supuesto entramado que salpicaría al exfiscal general Néstor Humberto Martínez en el que se habría “chuzado” a protagonistas del Acuerdo de Paz. La JEP les dijo que no.
Los protagonistas de uno de los más recientes procesos de interceptaciones ilegales no pudieron entrar en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Se trata del exfiscal Fabio Martínez Lugo y del exinvestigador del CTI, Luis Carlos Gómez Góngora. Estos dos exfuncionarios, curtidos en el mundo judicial, le habían asegurado a la justicia especial que tenían información de “chuzadas” a protagonistas del Acuerdo de Paz, supuestamente ordenadas por el exfiscal Néstor Humberto Martínez. Para la JEP, la conducta no guarda relación con el conflicto, ni lograron probar que hubiera sido cometida antes del 1 de diciembre de 2016.
De hecho, referenciaba artículos de los periodistas María Jimena Duzán y Daniel Coronell, en los que se denunciaba que protagonistas del Acuerdo de Paz como el jefe negociador del Gobierno Humberto de la Calle, los senadores Iván Cepeda y Piedad Córdoba; el exministro Álvaro Leyva Durán y asesores jurídicos de las FARC, entre otras personas, habrían sido interceptados mientras Néstor Humberto Martínez fue fiscal general. El exfiscal general, por su parte, ha negado tajantemente los señalamientos desde que Coronell y Duzán publicaron sus primeras investigaciones al respecto a finales del año pasado.
Cuando la defensa de Acdac, la asociación de pilotos que fueron interceptados, se enteró de que Martínez Lugo y Gómez Góngora buscaban entrar a la JEP, se opuso y le dijo a la justicia especial que los crímenes por los que estaban en líos fueron cometidos después de la firma del Acuerdo de Paz, entre 2017 y 2018. A su vez, la abogada de Enel Codensa, le dijo a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que se trata de un caso de “espionaje corporativo” que nada tiene que ver con el conflicto armado interno colombiano, que es la competencia de la JEP.
Así, aunque Martínez Lugo y Gómez Góngora buscaban entrar a la JEP como agentes del Estado no integrantes de la Fuerza Pública, la justicia especial no encontró que cumplieran los requisitos. En concreto, el de la temporalidad: “al analizar las piezas procesales aportadas al trámite, es claro que se trata de una conducta realizada en una fecha posterior a la firma del Acuerdo de Paz”, asegura la resolución que les negó la entrada. Y, aunque Martínez Lugo y Gómez Góngora intentaron eludir ese requisito asegurando que su vinculación a interceptaciones ilegales hizo parte de un crimen de ejecución permanente, la JEP tampoco compró esa hipótesis.
Por otra parte, tampoco cumplieron el requisito que exige que la conducta tenga relación con el conflicto. De hecho, la JEP les aclaró: “no todo acto delictivo que se haya cometido durante la vigencia del conflicto armado debe necesariamente ser entendido como derivado o relacionado con él, ni tampoco puede permitirse que este sea usado como una excusa o justificante de cualquier actuar ilegítimo”. Aunque los exfuncionarios aseguraban que todo hizo parte de una instrumentalización del Estado para la guerra, la jurisdicción especial dijo que había varios aspectos problemáticos en esa afirmación “que no han sido probados en forma alguna”