JEP le niega la libertad al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso
JEP le niega la libertad al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso
Fuente> BLU RADIO (Ver Noticia Original)
Los magistrados argumentaron que esta decisión aún no se puede tomar teniendo en cuenta que la Corte Constitucional no ha resuelto el conflicto de competencias entre la JEP y Justicia y Paz.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP volvió a negar la libertad condicional del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien fue aceptado por esta jurisdicción tras varias sesiones de audiencias en las que se refirió a las alianzas entre empresarios y miembros de la fuerza pública con las Autodefensas.
Mancuso había dicho que cumplía con los requisitos necesarios para acceder al beneficio de libertad condicional, pero también hizo referencia a su designación de gestor de paz por parte del Gobierno.
Una de las razones por las cuales fue negada la libertad condicional de Mancuso es porque en este momento en la Corte Constitucional se resuelve un conflicto de competencias entre la JEP y Justicia y Paz en el caso del exjefe paramilitar. Para los magistrados es importante que primero el alto tribunal defina esta situación.
«La situación procesal descrita permite inferir fundada y razonadamente que en este momento la competencia de la JEP en el asunto del señor Salvatore Mancuso Gómez, y más concretamente, de esta Subsala de Justicia se encuentra cuestionada y, en consecuencia, suspendida, razón suficiente para afirmar que entrar a decidir sobre un beneficio transicional sin que la competencia personal esté decantada en esta jurisdicción, conllevaría a adoptar una decisión viciada de nulidad, pues, la concesión de la libertad transitoria, condicionada y anticipada tiene como presupuesto sustancial la delimitación competencial» explica la JEP en su resolución.
Por el momento Salvatore Mancuso seguirá recluido en la cárcel La picota de Bogotá, donde se encuentra desde que llegó a Colombia extraditado desde Estados Unidos.
«La Subsala no concederá la solicitud de LTCA presentada, pues, la comparecencia del señor Salvatore Mancuso en la JEP en el efecto declarado, está cuestionada por el factor de competencia personal en un conflicto de naturaleza constitucional sobre a cuál jurisdicción corresponde el conocimiento del asunto que hoy ocupa la atención de la Subsala, al punto que la jurisdicción de Justicia y paz sigue tramitando decisiones relacionadas con el caso, la última de ellas el pasado 27 de junio», señalaron los magistrados.
Por último desde la Sala de Definición también aseguran que la solicitud de libertad de Mancuso como gestor de paz fue negada por una sala de Justicia y Paz y que esa decisión fue apelada sin que se hubiera resuelto el recurso por parte de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, teniendo en cuenta también el tema del conflicto de competencias, por lo que este argumento para solicitar la libertad también fue negado.
«Fue apelada y cuya resolución por parte de la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Penal- fue abstenerse de darle trámite por la colisión de competencias de Jurisdicciones propuesta ante la Corte Constitucional, lo cual converge para reforzar la negativa de concesión de la libertad solicitada atendiendo a lo que se ha señalado a lo largo de este proveído, que se remite a la indeterminación que en este momento existe frente a la competencia personal para conocer de los asuntos tramitados en contra de Salvatore Mancuso Gómez con ocasión de los hechos delictivos cometidos con ocasión del conflicto armado interno colombiano. Esta situación a la fecha no ha cambiado, aun cuando la Subsala recibió respuesta del Gobierno Nacional sobre el contenido y alcances de dicha resolución, que no ha superado el contenido de aquella que fue decidida en primera instancia por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla», explicaron los magistrados de la JEP.