La acusación contra Laude Fernández exdirector de BRG

La acusación contra Laude Fernández exdirector de BRG

La acusación contra Laude Fernández exdirector de BRG

Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)

El exrepresentante legal de BRG en Colombia fue llamado a juicio por concierto para delinquir, violación ilícita de comunicaciones y violación de datos personales. Él se declara inocente.

Laude Fernández, exdirector de inteligencia del DAS y exrepresentante legal de la reputada empresa BRG en Colombia, va a juicio por el episodio de las chuzadas hechas desde la plataforma Esperanza, en el interior de la Fiscalía. Con dos acusaciones en su contra, que ya fueron radicadas y están a la espera de que sean leídas por el organismo investigativo, Fernández va para el banquillo de los acusados porque, supuestamente, influyó para que se hicieran interceptaciones ilegales de comunicaciones desde la Fiscalía. El organismo cree que Laude lo hizo en el marco de unos contratos de BRG con empresas tan importantes como Avianca o el Grupo de Energía de Bogotá.

Fernández comenzó a ser procesado en octubre de 2018, cuando fue capturado por primera vez. En ese momento, señaló la Fiscalía, se estableció que era “investigado por la Fiscalía como presunto determinador de interceptaciones ilegales que habría hecho como contratista de la empresa Avianca, en la que presuntamente ordenó escuchas de manera ilegal en contra de los directivos del sindicato de pilotos la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac)”. Según la información que se ha divulgado de estas pesquisas, de Acdac, el directamente damnificado fue Julián Pinzón Saavedra. Este sindicato ya está reconocido como víctima en el expediente contra Fernández.

“Luego de ordenar la espuria interceptación del abonado celular (…) que en últimas pertenecía al señor Julián Gustavo Pinzón Saavedra, se rindió un informe y se realizaron varios quemados con esta información en el mes de enero y febrero del 2018. Sobre lo anterior, debe destacarse que se encuentra acreditado que el señor Laude José Fernández Arroyo y el señor Luis Carlos Gómez Góngora, quien firmó los falsos informes de policía judicial que determinaron esta interceptación y quien, a la fecha, está condenado por estos hechos, se conocían de tiempo atrás”, señala la Fiscalía en la segunda acusación que elaboró en contra de Laude Fernández Arroyo.

El documento de la acusación condensa, sin sorpresas o nuevos elementos, lo que ya ha dicho en otras diligencias judiciales: que BRG fue contratado por Avianca y por el Grupo de Energía de Bogotá (GEB) para apoyar a estas empresas con actividades de “inteligencia corporativa” y due diligence. “Estos clientes se encontraban en conflictos judiciales y extrajudiciales con terceras personas (naturales y jurídicas) para el momento en que contrataron con el señor Laude José Fernández Arroyo”, recuerda el escrito de acusación. El GEB, por ejemplo, tenía unos 35 litigios con el Grupo Enel Colombia, cuyo representante legal, Lucio Rubio, resultó ser uno de los interceptados ilegalmente.

Lo que la Fiscalía encontró es que, después de que BRG firmó los contratos con Avianca y con el GEB, empezaron a ocurrir las anomalías dentro de la plataforma Esperanza. En el caso de Avianca, en 2017 entró en controversia laboral con la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, lo cual desembocó en una huelga de varios meses que afectó fuertemente el servicio al cliente de la aerolínea. En el caso del GEB, esta tiene laudos de arbitramento sin resolver con Enel Colombia, además de procesos administrativos en el Eje Cafetero relacionados con servidumbres, en los que aparece el abogado Felipe Jaramillo como representante de personas que se volvieron contraparte del GEB.

Según el escrito de acusación, los teléfonos de Julián Pinzón, Lucio Rubio y Felipe Jaramillo fueron interceptados ilegalmente porque había “un modus operandi para lograr este cometido, consistente en la emisión, por parte del fiscal, de órdenes de interceptación de comunicaciones con motivos fundados espurios y carentes de relación con los hechos investigados bajo la noticia criminal específica”. El fiscal en mención es Fabio Martínez Lugo, quien hasta la fecha ha defendido su inocencia en este asunto. Pero, para el ente investigador, él se prestó para cometer irregularidades de la mano de un subordinado suyo: Luis Carlos Gómez Góngora, quien sí aceptó cargos y ya fue condenado.

El modus operandi se desarrolló así, sostiene la Fiscalía: el fiscal Martínez tomó un expediente quieto desde hacía muchos años, Gómez Góngora hizo un informe para incluir un número de teléfono de una persona que, interceptada, podría dar luces en la investigación de ese caso, y la interceptación se llevó a juez para su aprobación. En el caso de las chuzadas al piloto Julián Pinzón, el expediente fue el de la desaparición forzada de Yohan Giovanni Mona Granda, que estaba en el despacho de Martínez Lugo desde 2011 y sobre el cual no había actuaciones desde enero de 2014. El 15 de diciembre de 2017, Gómez Góngora elaboró un informe en el cual se recomendó interceptar cierta línea telefónica.

En el caso de Lucio Rubio y Felipe Jaramillo, el proceso fue el mismo. En el despacho del fiscal Martínez Lugo se hallaba un expediente en el que la víctima era Leonel Flórez González y un hombre llamado Cristian León Pinto aceptó los cargos de secuestro y hurto calificado y agravado, tras ser detenido en flagrancia. Luis Carlos Gómez Góngora presentó un informe el 25 de junio de 2018 en el que explicó, con base en una “fuente humana no formal anónima”, que se debían interceptar los teléfonos de dos sujetos “debido a que sus portadores, supuestamente, pertenecerían al grupo criminal que realizó el secuestro del señor Flórez González”. Ese mismo día se proyectó la orden de interceptación.

En todos los casos, cuando se hicieron las tareas posteriores para saber si las interceptaciones habían dado frutos, se encontró que las conversaciones de los interceptados nada tenían que ver con los expedientes a los que pertenecían. En uno, por ejemplo, el “despacho decidió impartir ilegalidad a la orden por su carencia de motivos fundados”. En otro se comprobó “su completa impertinencia con los hechos investigados”. Las interceptaciones se quemaron (es decir, se grabaron), pero esa acción no quedó registrada en el sistema de la Fiscalía (conocido como SPOA) “ni ingresó al almacén de evidencias de la Fiscalía General de la Nación”.

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