Las demandas que buscan tumbar elección de Arturo Char como presidente del Senado

Las demandas que buscan tumbar elección de Arturo Char como presidente del Senado

Las demandas que buscan tumbar elección de Arturo Char como presidente del Senado

Fuente: LA FM (Ver Noticia Original)

Las demandas cuestionan la elección de Char y señalan irregularidades porque que se produjo de manera virtual.
Arturo Char, presidente del Senado de la República, ahora afronta la posibilidad de que por vía judicial se afecte su elección como presidente de la corporaciónÂpor cuenta del ‘galimatías‘ que ha generado el Congreso virtual.

El Consejo de Estado ha recibido dos demandas que advierten que fue irregular la elección de Char, Gregorio Eljach, secretario del Senado, y de la mesa directiva de la que hacen parte el liberal Jaime DuránÂy la integrante de la Farc, Griselda Lobo, debido a que se produjo de manera virtual y no en una sesión presencial.

Las demandas cuestionan que el Congreso no haya regulado su manera de sesionarÂde cara a la virtualidad que trajo la pandemia. Una de ellas pide, como medida cautelar, la suspensión de la designación de la mesa directiva del Senado.

«Si bien, la PANDEMIA del COVID -19, sustenta una situación que altera el orden o desarrollo normal de las cosas, per se, tal condición no puede reemplazar reglas primigenias, en un sistema que se dice democrático, que está delineado desde el texto constitucional, que enarbola ciertas funciones del congreso, de manera tal, que solo se pueden desarrollar de forma presencial y no virtual, como es la función de instalación del congreso», advierte una demanda presentada por el abogado Nixon Torres.

Los demandantes advierten que esa omisión incumple con varios artículos constitucionalesÂque fijan una obligatoriedad en las reuniones presenciales del Congreso, como el 141 de la Constitución.

“El Congreso se reunirá en un solo cuerpo únicamente para la instalaciónÂy clausura de sus sesiones, para dar posesión al Presidente de la República, para recibir a Jefes de Estado o de Gobierno de otros países…», dice el mencionado artículo. Según los demandantes, la cita señala claramente que «para la instalación del Congreso, la reunión es un solo cuerpo, es decir presencial, puesto que, de otra forma, es antagónico dar cumplimiento a esta prescripción constitucional».

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