Negaron amparo a Karime Macías y continuará proceso de extradición a México
Negaron amparo a Karime Macías y continuará proceso de extradición a México
Fuente: INFOBAE (Ver Noticia Original)
La exprimera dama de Veracruz ha señalado que el delito por la que es presuntamente acusada ya prescribió; sin embargo, un Tribunal Colegiado la requiere en el país. Un Tribunal Federal negó a Karime Macías Tubilla el amparo que solicitó para frenar el proceso de extradición en su contra, el cual inició el gobierno federal, por lo que se continuará con la petición del Primer Tribunal Colegiado en materia penal en la Ciudad de México para que la exprimera dama de Veracruz se presente en México a declarar por su presunta participación en un delito de fraude.
La defensa de Macías Tubilla había reclamado una presunta omisión de la administración federal mexicana debido a que no habría informado a las autoridades del Reino Unido e Irlanda del Norte sobre la prescripción de la acción penal sobre la imputación que existe en su contra.
No obstante, los magistrados en la materia consideraron infundados los señalamientos de la exprimera dama, ya que apuntaron a que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la Fiscalía General de la República (FGR) y la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz probaron que no tenían la obligación de notificarporque la orden de aprehensión sigue vigente.
“Las autoridades responsables a quienes se les atribuyó este acto (…) no tenían esa obligación de informar ni por el tipo de acto ni porque tuvieran instrucción de ellos, porque habida cuenta que la orden de aprehensión, de la que derivó el inicio del procedimiento de extradición internacional, sigue vigente. La autoridad ministerial requirente mantiene su intención de lograr su extradición y contrario a lo que era la quejosa para esas autoridades la prescripción si está interrumpida definitivamente”, explicaron los magistrados.
Asimismo, se explicó que los oficios que emitió la cancillería mexicana para continuar con el proceso de extradición no violan ningún derecho humanode la acusada, debido a que se trata de comunicación oficial que se generó tras la primera solicitud y se apegan a lo que marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
“Este Tribunal Colegiado estima que esos actos son constitucionales y que no violan derecho fundamental en perjuicio de la investigada, ahora quejosa (…) porque lo dice bien (la cancillería) son comunicaciones que generaron como consecuencia directa que su primera solicitud de 15 de septiembre de 2021 y tuvieron por objeto que la Secretaría de Relaciones Exteriores estuviera informada de si, en efecto, había alguna determinación de la prescripción”, se detalló.
Aunado a lo anterior, los integrantes del Tribunal indicaron que la exprimera dama no impugnó directamente el proceso de extradición en su contra, sino la supuesta prescripción del delito, razón por la cual el proceso internacional continúa.
Conviene recordar que la exesposa de Javier Duarte de Ochoa, exgobernador de Veracruz, actualmente se encontraría viviendo en Londres, Inglaterra, lugar a donde se mudó cuando comenzó la investigación en contra del matrimonio por supuestas irregularidades en la administración local.
Además desde febrero de 2022 la Corte de Magistrado de Westminster, en Inglaterra, aprobó la extradición de Karime Macías, luego de que ésta solicitó asilo en aquel país europeo alegando una presunta persecución política; sin embargo, el Ministerio del Interior del Reino Unido aún se encuentra revisando tanto la solicitud de las autoridades mexicanas, así como la solicitud de la exprimera dama.
Es la segunda vez, en menos de seis meses, que le es negado un amparoa Karime Macías con respecto a la solicitud de extradición que ha presentado el gobierno mexicano en su contra por su presumible participación en el delito de daño patrimonial por 112 millones de pesos en agravio al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral Infantil (DIF).
Fue el pasado mes de diciembre cuando la jueza del Décimo Segundo Distrito de Amparo en Materia Penal, Rosa María Cervantes Mejía, también consideró infundados los argumentos de la acusada, debido a que señaló que hasta aquella fecha no ha iniciado ningún proceso penal en contra de Macías.
“No existe la omisión reclamadapor la quejosa, ya que al no actualizarse la prescripción en los términos solicitados, no había motivo o razón para informarlo a las autoridades de Reino Unido y de Irlanda del Norte”, explicó la experta.