Procuraduría confirmó destitución e inhabilidad por 12 años a exalcaldesa de San José de Pare, Boyacá

Procuraduría confirmó destitución e inhabilidad por 12 años a exalcaldesa de San José de Pare, Boyacá

Procuraduría confirmó destitución e inhabilidad por 12 años a exalcaldesa de San José de Pare, Boyacá

Fuente: PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION (Ver Noticia Original)

La Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución e inhabilidad por el término de 12 años a la alcaldesa de San José de Pare, Boyacá (2012-2015), Amparo Olarte Alcántar, por irregularidades en la vigilancia de la ejecución del contrato por $852’715.433 para el mantenimiento de tramos viales veredales.

La PGN comprobó que la mandataria omitió exigir el cumplimiento del objeto contractual, consistente en el mejoramiento y conservación de varios tramos de la vía de las veredas de Muñoces y Camachos, San Jacinto y Chapa, Guanomo, Guanomito y San Isidro, que contemplaba la construcción de una alcantarilla y no fue ejecutada.

De igual manera, el ente de control demostró que la construcción de placa huella y filtro en la vereda San Isidro, sector El Olimpo se llevó a cabo en un lugar que no estaba previsto, y que la exmandataria puso a disposición del representante legal del contratista, maquinaria de propiedad del municipio, sin que el ente territorial obtuviera pago alguno por el uso de la misma.

Es de señalar que, por irregularidades en este mismo proceso, en fallo de primera instancia, la PGN suspendió por tres meses, a la jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Control Interno, Nury Zulima Toro Amaya, con funciones de supervisión; y convirtió la sanción del interventor de la obra en salarios de acuerdo al monto devengado al momento de la comisión de la falta, Roblin Silva Espitia.  Estas decisiones quedaron en firme por cuanto ninguno de los dos interpuso recurso de apelación.

A juicio de la Procuraduría, Olarte Alcántar debió propender por la protección de los derechos de la comunidad y de la administración municipal, evitando quebrantar los fines esenciales del estado y los principios que regulan la contratación administrativa.

En fallo de segunda instancia la Procuraduría Regional de Santander calificó definitivamente las faltas de la entonces funcionaria como grave con culpa grave, y gravísima a título de dolo.

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