Procuraduría sancionó a tres concejales y nueve exconcejales de Roldanillo, Valle del Cauca

Procuraduría sancionó a tres concejales y nueve exconcejales de Roldanillo, Valle del Cauca

Procuraduría sancionó a tres concejales y nueve exconcejales de Roldanillo, Valle del Cauca

Fuente: PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION (Ver Noticia Original)

La Procuraduría General de la Nación sancionó a tres concejales y nueve exconcejales de Roldanillo, Valle del Cauca, por irregularidades en la elección del personero del municipio para la vigencia 2016-2020.
La Provincial Cartago suspendió por seis meses a los cabildantes Alexander Rebellón, Oscar Marino Cardona Bedoya y a los exconcejales Horacio García Benítez, Gabriel Rojas Moreno y Juan Guillermo Marín Aguilar, al encontrar que se extralimitaron en sus funciones como miembros de la comisión accidental designada por la corporación para reglamentar la elección del representante del Ministerio Público en el municipio.
Los cinco concejales miembros de la comisión aprobaron el informe y presentaron ponencia al proyecto de acuerdo Nro. 058, por medio del cual se reglamentó el proceso de elección del personero, en el que fijaron como requisitos el título de abogado con ocho años de experiencia, y residencia de al menos un año en Roldanillo, los cuales no hacen parte de los señalados por la ley para aspirar al cargo de personero.
“No estaban autorizados para legislar sobre el tema, agregando requisitos para ser admitidos dentro de dicho concurso de méritos que no estaban señalados por la ley. Los servidores públicos de todo orden deben respetar la jerarquía normativa, la Constitución y la ley”, advirtió el órgano de control en el fallo de primera instancia.
Así mismo, sancionó con suspensión por cuatro meses al concejal Carlos Alfonso Vélez y los exmiembros de la corporación Jorge Ariel Arcila Moncada, David Hernando Bravo Valderrama, Juan Manuel Drada Campo, Humberto García Gutiérrez, Álvaro Gómez Aguirre, Yoaldry Martínez Carmona, al establecer que también incurrieron en extralimitación de funciones cuando aprobaron de forma unánime el Acuerdo Municipal 051 de 2015 con los mismos requisitos señalados en el informe de la comisión accidental.
Las faltas endilgadas a los investigados fueron calificadas como graves a título de culpa grave.
La decisión de primera instancia fue apelada por los apoderados de los disciplinados y será resuelta por la Procuraduría Regional Risaralda.

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