Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad general por 18 años a exfuncionario de ANI postitución e inhabilidad general por 18 años a exfuncionario de ANI por concertar reuniones y recibir pago de $100 millones de pesos

Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad general por 18 años a exfuncionario de ANI postitución e inhabilidad general por 18 años a exfuncionario de ANI por concertar reuniones y recibir pago de $100 millones de pesos

Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad general por 18 años a exfuncionario de ANI postitución e inhabilidad general por 18 años a exfuncionario de ANI por concertar reuniones y recibir pago de $100 millones de pesos

Fuente: PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION (Ver Noticia Original)

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general de 18 años al exfuncionario de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), Juan Sebastián Correa Echeverry, por recibir $100 millones de pesos por concretar reuniones entre el exdirector de la entidad y el expresidente de Odebrecht en Colombia, en las que se hicieron acuerdos ilegales para hacer adiciones al contrato de concesión de la Ruta del Sol, en el tramo Ocaña – Gamarra.

La Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 comprobó que el exfuncionario recibió el dinero por su gestión de parte de Otto Nicolás Bula Bula, previa orden del entonces congresista Bernardo Miguel Elías Vidal, con quienes además estuvo en reuniones privadas en las que se adelantaron negociaciones relacionadas con el proyecto vial.

En los encuentros, en los que participaron también el exdirector de la ANI, Luis Fernando Andrade Moreno, y Eleuberto Martorelli, expresidente de Odebrecht en Colombia, se acordaron ilegales para hacer las adiciones tres y seis al contrato de concesión.

De igual manera, el Ministerio Público señaló que Correa Echeverry estaba “al tanto de todos y cada uno de los arreglos que se realizaban, de las órdenes que debían entregarse para lograr cumplir con los deseos del contratista”.

Con su conducta incurrió en cohecho propio y con su comportamiento vulneró el principio de moralidad de la función administrativa, por lo que la falta disciplinaria fue calificada como gravísima a título de dolo.

Contra la decisión, procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.​

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