Rector de Universidad ECCI no aceptó cargos por fraude procesal

Rector de Universidad ECCI no aceptó cargos por fraude procesal

Rector de Universidad ECCI no aceptó cargos por fraude procesal

Fuente: EL TIEMPO (Ver Noticia Original)

La Fiscalía le imputó dos delitos por presuntas irregularidades en un contrato de arrendamiento.Ante un juez de garantías de Paloquemao, la Fiscalía le imputó este jueves los delitos de fraude procesal -en concurso heterogéneo con falsedad en documento privado- a Fernando Arturo Soler López, rector de la Universidad ECCI.

El delegado fiscal aseguró que en el año 2013 la Universidad ECCI elaboró un contrato de arrendamiento de local comercial, en el cual no distinguió la dirección de los locales arrendados y no contó con el consentimiento del entonces arrendatario.

El imputado no aceptó los cargos imputados e insistió en su inocencia.

El contrato, dice la Fiscalía, fue autenticado y posteriormente firmado por Soler López, en calidad de representante legal de la Universidad ECCI.

«El señor Fernando Arturo Soler López cometió una serie de actos contrarios a derecho con la ahora víctima, que van desde cerrarle sin orden judicial su local comercial hasta elaborar un contrato de arrendamiento escrito con un clausulado desconocido por el denunciante y con suplantación de su firma», dijo el fiscal en la audiencia.

El señor Fernando Arturo Soler López cometió una serie de actos contrarios a derecho con el ahora víctima

Esa fue la razón por la que la Fiscalía le imputó cargos a Soler, cuyo nombre ya había generado polémica en enero de este año, cuando la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca ordenó demoler una mansión del rector de la ECCI, afirmando que la casa está ubicada en una zona de reserva de los cerros orientales.

En este nuevo caso, en el que Soler se declaró inocente, según la Fiscalía, el rector de la ECCI supuestamente falsificó la firma de Cristian Díaz Pinzón.

Díaz Pinzón, el denunciante en este caso, celebró un contrato de forma verbal con la esposa de Fernando Soler López, en 1995, quien para la época era miembro ejecutivo del consejo superior de la Universidad ECCI.

El denunciante inició un negocio de papelería al interior de la universidad y en 1997 le adjudicaron un nuevo local,  arrendamiento que se hizo también por un contrato verbal con la esposa de Soler López.

Sin embargo, los directivos de la universidad le solicitaron que les entregara el local en el 2011. La Fiscalía afirma que, por indicación de la esposa de Fernando Soler, el denunciante accedió a entregar su local con la promesa de que le darían otro en una mejor ubicación.

En marzo de 2012 también le pidieron que entregara el primer local que había arrendado en la sede central de la universidad, con el argumento que se utilizaría para el consultorio médico de la universidad.

Cristian Pinzón solicitó dividir el local destinado para el centro médico, a lo cual accedieron los directivos. Pero al poco tiempo fue pedido nuevamente, está vez de forma definitiva. El arrendatario no accedió, pero tuvo que arrendar una bodega para el recaudo de los equipos, lo que produjo un desgaste económico.

En el año 2015, la universidad ECCI representada por Fernando Soler López, radicó una demanda de restitución del inmueble arrendado ante el juzgado 23 civil de Bogotá, llevando como prueba el contrato supuestamente irregular.

«(…) Firmado por Fernando Arturo Soler y por una rúbrica que simuló ser la del denunciante», dijo el delegado fiscal. Con ese documento que supuestamente sería falso, en el 2016 se dictó una sentencia contra Pinzón, en la que le ordenaron restituir el inmueble y le embargaron los muebles del local comercial objeto de la demanda.

«(…) No solo elaboraron el contrato de arrendamiento de fecha 5 de junio de 2013 de manera anómala, sin acuerdo de voluntades. Si no que adicionalmente lo allegaron con una firma ilegible y simulada queriendo hacer pasar por la rúbrica del señor Cristian Díaz Pinzón», afirmó el fiscal del caso.Â

Además, añadió,  «se comienza a denotar la mala fe y querer inducir en error a un funcionando judicial con un contrato cuya firma es apócrifa, a sabiendas que lo que se tenía anteriormente era un contrato verbal», dijo el delegado fiscal.

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