Solicitud de extradición de Murillo y López aún no llegó a la Cancillería
Solicitud de extradición de Murillo y López aún no llegó a la Cancillería
Fuente: CORREO DEL SUR (Ver Noticia Original)
La defensora del Pueblo, Nadia Cruz, denunció “falta de diligencia” del Ministerio Público. La Cancillería no recibió las solicitudes de extradición de los exministros de Gobierno y Defensa, Arturo Murillo y Luis Fernando López, informó el ministro de Relaciones Exteriores, Rogelio Mayta
“Hasta este momento, Cancillería no ha recibido ninguna solicitud de extradición ni de (Arturo) Murillo ni de (Luis Fernando) López por ninguna instancia judicial”, informó el canciller en contacto con los medios de comunicación.
Precisó que este proceso no es rápido ni corto, pues el requerimiento debe ser por los canales judiciales, y que el rol de su despacho es transmitir vía diplomática esas solicitudes, pero aún no recibió ningún pedido.
La Fiscalía de La Paz, mediante memorial del 28 de mayo, tramitó la extradición ante el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer Tercero de La Paz; en consecuencia, se espera que esta instancia remita la solicitud al Ministerio de Relaciones Exteriores.
El fiscal general del Estado, Juan Lanchipa, aseguró que ya se había iniciado el trámite para la extradición de Murillo, quien aguarda una audiencia el 7 de junio para definir su situación jurídica.
La defensora del Pueblo, Nadia Cruz, criticó al Ministerio Público. “Para conocimiento de la Asamblea Legislativa Plurinacional, el Fiscal general ni ha solicitado la extradición, ¿necesitamos más prueba sobre su falta de diligencia?”, escribió en su red social.
Luego que Murillo fuera detenido en Estados Unidos tras una investigación del FBI, Cruz dijo: «Un sistema de justicia al que nosotros no le pagamos, como el estadounidense, hizo un mejor trabajo que la Fiscalía general de Bolivia y eso hay que resaltarlo”.
Mayta detalló que no es un trámite rápido porque el Ministerio Público debe sustentar su solicitud dirigida al juez para que esta autoridad jurisdiccional de curso o no, es decir, “el documento debe ser lo suficientemente sólido”; además, el legajo del caso deberá ser traducido al inglés.