Superindustria sugiere sancionar a Odebrecht y a Corficolombiana

Superindustria sugiere sancionar a Odebrecht y a Corficolombiana

Superindustria sugiere sancionar a Odebrecht y a Corficolombiana

Fuente: EL ESPECTADOR (Ver Noticia Original)

Se conoce por fin uno de los documentos más esperados de parte de la Superintendencia de Industria y Comercio este año: el informe motivado que podría determinar el futuro en esta área de Odebrecht y sus socios en Ruta del Sol 2. Superindustria sugiere sancionar a Odebrecht, a Corficolombiana y a Episol (las dos últimas del Grupo Aval) por sobornos. A Luis Carlos Sarmiento piden archivarle por caducidad.

Que la Constructora Norberto Odebrecht S.A., Odebrecht Participaçoes e Investimentos S.A., Corficolombiana, Estudios y Proyectos del Sol (Episol, de Corficolmbiana), y Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. (en liquidación) sean declaradas responsables por las irregularidades en que pudieron haber incurrido alrededor del proyecto de la Ruta del Sol 2 es lo que acaba de pedir el Grupo de Trabajo Élite contra Colusiones de la Delegatura para la Protección de la Competencia, que hace parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Así lo indica el informe motivado de esa entidad, conocido por El Espectador, con el cual la cabeza de esta entidad tomará decisiones en las próximas semanas. (Los tres brasileros que fomentaron la corrupción en Colombia con Odebrecht)

En un documento de 350 páginas, la SIC resumió todo el caso que tiene como antecedente el pliego de cargos que anunció esta misma entidad en septiembre de 2018 porque, supuestamente, se violaron los principios de la libre competencia y aprovechamiento de conflicto de intereses. La decisión la dio a conocer el entonces superintendente, Pablo Felipe Robledo, justo antes de salir de la dirección de la entidad. Según la investigación de la SIC, las empresas que deben responder por estas irregularidades son: Odebrecht, Corficolombiana, del Grupo Aval, y Episol. Sin embargo, el ente de control pide solo sancionarles por los sobornos y, aunque reconoce que hubo otras dos fallas, pide archivarlas por caducidad.

De acuerdo con la SIC, el conglomerado Odebrecht, Corficolombiana, Episol y su unión temporal (Concesionaria Ruta del Sol) hicieron acuerdos contrarios a la libre competencia, en este caso relacionados con la adjudicación del contrato Ruta del Sol 2 en 2010 por más de $2 billones. Asimismo, la delegatura de la SIC pidió que se declare responsable a Gabriel García Morales, exviceministro de Transporte, precisamente la persona que, tras haber recibido sobornos -él mismo lo admitió ante la justicia-, adjudicó el contrato de Ruta del Sol a Odebrecht y sus socios.

En ese mismo sentido -los acuerdos en contra de la libre competencia-, esta instancia solicitó que sean sancionados Luiz Antonio Bueno Júnior (expresidente de Odebrecht para Colombia), Luiz Antonio Mameri (expresidente de Odebrecht para Latinoamérica), Luiz Eduardo Da Rocha (exencargado de la División de Operaciones Estructuradas, desde donde se giraban los sobornos), Manuel Cabral Ximenes (director de contrato del lado de Odebrecht), Yezid Arocha (exdirector jurídico de Odebrecht en Colombia) y José Elías Melo (expresidente de Corficolombiana).

En enero de 2019, Bueno, Mameri y Da Rocha consiguieron un principio de oportunidad con la Fiscalía por medio del cual evitaron el seguir siendo investigados. Los tres, que fueron los que planearon el pago del soborno por US$6,5 millones a García Morales, se comprometieron a volverse testigo de cargos para este megacaso de corrupción a cambio de que la Fiscalía colombiana dejara de investigarlos. Desde 2017 han enviado al ente investigativo documentos con sus aportes a la investigación, pues ninguno de ellos está en el país, se fueron apenas el escándalo estalló en diciembre de 2016. De Arocha, quien no ha sido imputado, se dice lo mismo.

El rompecabezas de sobornos, según la SIC

Rompecabezas. Esa fue la palabra con la que la SIC definió el complejo mecanismo de sobornos de Odebrecht, diseñado especialmente para que los empleados de la empresa que intervinieran en el ilícito no supieran cómo armarlo, pues no tenían todas las piezas, y, por supuesto, para burlar los radares de las autoridades. El objetivo, desde los primeros acercamientos de Luiz Antonio Bueno al viceministro García que parecían lobby hasta el momento en que lo sobornaron y luego lo encubrieron, dice la Superindentendecia, fue el mismo: “la adjudicación de contratos de selección pública en contravía de las normas que protegen la libre competencia económica”. Y lo lograron.

La SIC reconstruyó buena parte de las reuniones entre Bueno y García Morales, que al principio fueron de acercamiento, pues el empresario quería demostrar lo preparada que estaba Odebrecht para asumir el contrato, pero luego fueron mutando a torcer la adjudicación. A cambio, el exviceministro aceptó un pago de $6,5 millones de dólares. La constructora, sin embargo, negó que ese soborno hubiera tenido efecto alguno en que les adjudicaran la obra. Pero la Superintendencia se despachó contra esa respuesta, pues “resulta claro que quien ofrece el pago de un soborno en el curso de un proceso de contratación estatal lo hace a cambio de obtener un beneficio”.

De hecho, según se lee en la decisión, el soborno estaba encaminado a que García Morales “utilizara los mecanismos que fueran necesarios para obstaculizar a otros competidores”, pues el exviceministro era el “seguro” de Odebrecht de que el contrato sería suyo. El ente de control incluso lo pone en términos más sencillos: “resulta claro que el objetivo de Odebrecht no era otro que lograr que el contrato les fuera adjudicado. Para esto, sobornaron a Gabriel García Morales para que este, faltando a los principios de igualdad, transparencia y selección objetiva, ‘terciara’ a favor de la Concesionaria Ruta del Sol en el proceso”. Es decir: se violó la libre competencia.

Para la SIC, además, Odebrecht no obró sola en el pago ilegal. “De conformidad con el material probatorio obrante en el expediente, se encontró que el pago (del soborno) se efectuó con el aporte, conocimiento y aprobación de Corficolombiana”, concluyó la Superintendencia. Y uno de los elementos que llevan a concluir el rol de esta empresa en el soborno es que el exviceministro necesitaba un concepto jurídico que le certificara que uno de sus principales competidores por el contrato estaba inhabilitado. Y esa opinión llegó al Gobierno del puño del abogado Hugo Palacios Mejía, por pedido de José Elías Melo, presidente de Corficolombiana.

García Morales admitió ante la Superintendencia que él quería que ese concepto lo elaborara alguien que ya hubiera trabajado con Corficolombiana: “Porque para mí eso era garantía de que eran profesionales con mucha más experiencia en el tema en Colombia”. Luego, la SIC demostró con correos electrónicos que hubo una conversación entre Melo y Palacios sobre el contenido del concepto y, al parecer, la que tenía que ser la conclusión: que el principal competidor de Odebrecht y sus socios por la Ruta del Sol debía salir. De esta manera, es evidente que Corficolombiana y su presidente José Elías Melo, participaron de la obtención del concepto jurídico”, dice el informe motivado.

La responsabilidad de Corficolombiana y José Elías Melo

“La Delegatura logró acreditar que el pago del soborno por la suma de 6.5 millones de dólares para la adjudicación del contrato del Sector 2 del Proyecto Ruta del Sol realizado a Gabriel García Morales, no estuvo en su totalidad a cargo de Odebrecht. De conformidad con el material probatorio obrante en el expediente, se encontró que el pago se efectuó con el aporte, conocimiento y aprobación de Corficolombiana”, se lee en el documento. El delegado de la SIC argumentó su solicitud principalmente en los testimonios que los directivos de la multinacional brasileña, Luiz Bueno y Luis Mameri le entregaron a la Fiscalía desde el 6 enero de 2017, cuando interpusieron la denuncia penal contra García Morales.

Desde ese entonces, dice la delegatura de la SIC, Corficolombiana participó en el acuerdo anticompetitivo porque su entonces presidente, José Elías Melo, era el único de los socios que conocía de las reuniones entre Luiz Bueno y García Morales y dio la autorización para el pago del soborno. Es más, en su denuncia los brasileños indicaron que CSS Constructores no fue informado porque su participación accionaria era irrelevante en el consorcio. “Después de la adjudicación del proyecto, yo obtuve la autorización de José Elías Melo y de Luiz A. Mameri. Yo regreso a Colombia en enero de 2010, Gabriel me llama por teléfono y me invita a una reunión en la casa del sector norte de Bogotá. Me hace el cobro de los pagos y yo pido a él que me indique la empresa”, dijo en abril de 2017 Luiz Bueno a la Fiscalía.

La Delegada para la Protección de la Competencia de la SIC se apoyó en el proceso penal contra José Elías Melo y dio plena credibilidad de que el expresidente de Corficolombiana pactó con Odebrecht que los brasileños la forma en que se dividieron el pago. El acuerdo consistió en que los extranjeros asumieron todo el pago de los 6.5 millones de dólares y que luego harían un cruce de cuentas con contratos que se gestaron en Consol, el consorcio constructor de la Ruta del Sol 2. La razón: Melo advirtió que desde Corficolombiana no podían desembolsar recursos por los procedimientos y buenas prácticas establecidas al interior de la compañía, porque de hacerlo prenderían las alarmas.

“Él (Melo) se pone de acuerdo con el pago de 6,5 millones de dólares, pero me dijo que tenía una dificultad, por un tema del compliance de Grupo Aval no podría concretar su participación. Yo le dije que Odebrecht adelantaría la parte de Corficolombiana, haría el 100% de los pagos y nosotros haríamos el encuentricontras más adelante en la construcción de la carretera. Fue una reunión bastante rápida y al final Melo pide que yo trate este tema exclusivamente con él, que yo no hable de esto con Alberto Mariño y que él iba a dar conocimiento al doctor Luis Carlos Sarmiento Junior sobre el trato con Gabriel (García)”, declaró Luiz Bueno en la Fiscalía. Sin embargo, durante el juicio de José Elías Melo en enero de 2019, declaró que nunca supo si los Sarmiento fueron enterados por Melo del soborno.

“Para asegurar el reembolso a Odebrecht del dinero pagado a Gabriel García Morales, Odebrecht designó a Manuel Ricardo Cabral Ximenes, quien en ejecución de sus funciones estaría al tanto de la autorización de los pagos que correspondiera realizar”, se lee en el informe motivado. Es decir, que Cabral Ximenes fue el encargado por Luiz Bueno de gestionar contratos al interior de Consol para hacer la división de los costos al incluir diversos pagos no justificados en la contabilidad. Para el delegado de la SIC, el cruce de cuentas se dio a través de un contrato entre Corficolombiana y la empresa española Detección Riesgos Técnicos de Control de Calidad y Edificación (DCS Management), en la que había una cláusula en la que preveía la cesión de obligaciones y derechos a favor de Odebrecht en caso de que la Ruta del Sol 2 fuera adjudicada a la concesionaria.

El conflicto de intereses

Luis Carlos Sarmiento Gutiérrez (máxima cabeza del Grupo Aval), Diego Fernando Solano Saravia (vicepresidente de planeación corporativa del Grupo Aval de 2006 a 2010), José Elías Melo Acosta (expresidente de Corficolombiana), Gustavo Antonio Ramírez Galindo (vicepresidente de inversión de Corficolombiana desde 2008.), Alejandro Sánchez Vaca (vicepresidente de banca de inversión de Corficolombiana desde 2008) y María Victoria Guarín Vanegas (esposa de Diego Solano Saravia y exfuncionaria de la Corporación Financiera Internacional o IFC, por sus siglas en inglés), fueron todos imputados bajo el cargo de aprovechamiento de un conflicto de intereses. A ellos, la delegatura sugirió archivar.

Desde el comienzo de la investigación en la SIC, uno de los puntos claves fue establecer hasta qué punto el matrimonio entre Diego Solano Saravia y María Victoria Guarín representó un conflicto de intereses para los planes del Grupo Aval de quedarse con el contrato de la Ruta del Sol 2. Para esa época, él era el vicepresidente financiero del Grupo Aval. Y ella una asesora de alto nivel de inversiones de la Corporación Financiera Internacional (IFC, por sus siglas en inglés), un organismo multilateral adscrito al Banco Mundial al que el gobierno Uribe le confió la estructuración de este megaproyecto vial. (Correos bajo sospecha del caso Odebrecht)

Para ellos, se lee en el documento de la SIC, no había nada irregular que reportar ni a sus competidores en la licitación ni al INCO, la autoridades encargada de adjudicar el codiciado contrato. Sin embargo, para el delegado, todos los ejecutivos de Aval que conocían de este matrimonio, como Sarmiento Gutiérrez y el expresidente de Corficolombiana, José Elías Melos, “obraron con una laxitud que distaba mucho del deber de cuidado que se requería de personas con la trayectoria de los investigados”. Todos, por su conocimiento del mundo financiero y las bases de los Códigos de Ética que allí se manejan, debían saber que ese matrimonio era un claro conflicto de intereses y debían reportarlo a las autoridades.

Pese a que en el documento el delegado señaló que sí había un conflicto de competencias y los investigados no actuaron de acuerdo a lo que la ley les exigía, la recomendación es no sancionarlos por este cargo. En su explicación, el funcionario señaló que la Superintendencia ya no puede tomar ninguna decisión de fondo respecto a este tema pues ya pasó el tiempo que tenía para hacerlo. Aunque reitera que las faltas sí se cometieron, que Sarmiento Gutiérrez y Melo sabían de este matrimonio y debían reportarlo, el delegado recomienda archivar esta parte de la investigación pues la falta ya caducó.

María Victoria Guarín y la IFC

El documento recuerda que en 2018 se imputaron cargos a la Constructura Norberto Odebrecht S.A. y a Odebrecht Investimentos em Infraestructura LTDA. por la posible infracción de las normas de la libre competencia económica, específicamente por violar la regla que prohíbe a los interesados en un proceso de licitación pública mantener contactos privados y directos con personas vinculadas a las entidades que participan en el proceso de selección. En el mismo proceso se inició investigación contra cuatro las personas naturales, que habrían incurrido en la conducta.

Si bien la Superintendencia recomendó archivar la investigación dado que la facultad sancionatoria de la entidad caducó en 2014 (según la Ley 1340 de 2009 el plazo se vencía transcurridos cinco años desde el momento en que se ejecutó la conducta violatoria o desde el último hecho constitutivo de la misma), el documento entrega detalles de las pruebas que respaldaron su imputación.

La SIC quería verificar si los investigados (Luiz Antonio Bueno Junior, Yezid Augusto Arocha Alarcón, Manuel Ricardo Cabral Ximenes y María Victoria Guarín Vanegas), pertenecientes a la Corporación Financiera Internacional o IFC (estructurador) y al Instituto Nacional de Concesiones o INCO (entidad contratante), habían llevado a cabo contactos privados y directos sabiendo que estas acciones están prohibidas. Y lo comprobó mediante correos.

De hecho, la SIC advierte que incluso en las reglas contenidas en los documentos directamente relacionados con la contratación se limitaban los contactos entre quienes organizaban y quienes participaban en la licitación, especialmente aquellas que estaban enmarcadas en la actividad de promoción. El pliego de condiciones especificaba que cualquier intercambio debía cesar a partir del 27 de marzo de 2009, fecha en la que se dio apertura al proceso de selección, y que de ser necesarias podrían realizarse única y exclusivamente por los canales habilitados por la entidad contratante. Tampoco se puede ignorar que las leyes nacionales le apuntan a los mismos principios de transparencia, igualdad, neutralidad y selección objetiva en la contratación estatal.

Explícitamente, la violación se presentó en varios momentos cuando Odebrecht y Corficolombiana intercambiaron comunicaciones privadas y directas con la IFC para la modificación de las exigencias de garantías y seguros, para para manifestar inconformidad con la decisión adoptada respecto a la contratación de un modelo digitalizado de terreno para el trazado de la Ruta del Sol, e incluso para influenciar a personas vinculadas a la IFC respecto al curso de la licitación.

Con el agravante de que la SIC encontró comunicaciones privadas y secretas de Odebrecht y Corficolombiana con Gabriel Ignacio García Morales, ex viceministro de transporte, durante el desarrollo del proceso de licitación y por medio de canales de comunicación diferentes a los establecidos en el pliego de condiciones.

Cabe recordar que la IFC asumió todas las actividades necesarias para definir la estructura del Proyecto Ruta del Sol, que luego serían revisadas y aprobadas por el INCO para luego surtir los análisis financieros y de alternativas de la licitación, los estudios complementarios y el diseño de la estructura, entre otros. Tras esto la IFC volvía a participar en el proceso para acompañar al INCO en la promoción del proyecto, el desarrollo de los documentos de la licitación, la evaluación de las obligaciones contingentes, la definición del valor base para la adjudicación y la ejecución de la licitación.

“Las reuniones o conversaciones privadas durante el desarrollo del proceso dan lugar a que, por un lado, el proponente tenga una ventaja sobre sus competidores, pues tiene no solo mayor cercanía con quienes serán los evaluadores del proceso de selección, sino que además tiene información a la que no tienen acceso los demás proponentes, pues los temas que se tratan no son de público conocimiento. Por el otro lado, la selección objetiva en cabeza de la entidad contratante se ve menguada, pues la entidad contratante puede llegar a escoger de forma subjetiva al adjudicatario al tener un vínculo de cercanía con uno de los proponentes”, advirtió la SIC.

La entidad también lamentó que en la contratación para la Ruta del Sol varias de las manifestaciones del principio de transparencia (Ley 80 de 1993) “se desdibujaron como consecuencia de los contactos privados y directos”, pues “no todos los interesados se encontraron en igualdad de condiciones y no todas las actuaciones fueron igualmente públicas para todos ellos”.

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