Tribunal de Toluca ratificó que Caro Quintero no puede ser extraditado a EEUU de manera inmediata

Tribunal de Toluca ratificó que Caro Quintero no puede ser extraditado a EEUU de manera inmediata

Tribunal de Toluca ratificó que Caro Quintero no puede ser extraditado a EEUU de manera inmediata

Fuente: INFOBAE (Ver Noticia Original)

De esta manera, el capo tendría de manera asegurada su estancia en México hasta que se resuelva el fondo del juicio de amparo presentado por su defensa.

El tribunal federal de Toluca desechó la impugnación de la Fiscalía General de la República (FGR) contra la suspensión de plano que le fue concedida a Rafael Caro Quintero, ex líder del Cártel de Guadalajara. Esto, para evitar su extradición a EEUU de manera “exprés”.

De esta manera, la medida permanecerá vigente hasta que se resuelva el amparo que tramitó. La resolución fue dictada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México.

Cabe recordar que fue el pasado 16 de julio cuando el juez Séptimo de Distrito en Amparo de Jalisco, Francisco Reséndiz Neri, concedió a Caro Quintero esta suspensión definitiva; sin embargo, se declaró incompetente y la demanda se turnó al Estado de México por estar preso en el penal del Altiplano.

Unos cuantos días después, la jueza Primero de Distrito en Amparo y Juicios Federales de Toluca, Abigail Ocampo Álvarez, aceptó la competencia del caso. Fue así que admitió a trámite la demanda y validó la suspensión de plano decretada por el juzgador.

Sin embargo, la FGR presentó una queja contra el acuerdo de la jueza y no contra la determinación original del juez en Jalisco. Por lo cual, los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado Penal en Toluca desecharon la impugnación.

“En efecto, el auto impugnado no concedió ni negó la suspensión de plano ni la provisional; sino que se limitó a convalidar o ratificar la que previamente había concedido el Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con sede en Puente Grande, Juanacatlán, Jalisco, por lo que en su caso, era el auto de 16 de julio de 2022, el que pudo combatirse a través de la queja, pues la suspensión ya surtía sus efectos, sin que estuviera supeditada al proveído de 21 de junio de 2022″, se señaló.

“Bajo ese contexto, ante su improcedencia, con fundamento en el numeral 57 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, conforme al ordinal 2° de la legislación última en cita, se desecha el recurso de queja hecho valer por el agente del Ministerio Público adscrito al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, con sede en esta ciudad, contra el auto de veintiuno de julio de dos mil veintidós, mediante el cual la oficiante admitió a trámite la demanda; y, convalidó la suspensión de plano, decretada en auto de dieciséis de julio de dos mil veintidós”, se determinó.

Cabe destacar, que este lunes se prevé que se lleve a cabo la audiencia constitucional para determinar si la suspensión de plano se convierte en definitiva.

El Narco de narcos fue recapturado el pasado 15 de julio en Chóix, Sinaloa por elementos de la Secretaría de Marina (Semar) como parte de una orden de aprehensión de las autoridades mexicanas por el secuestro y asesinato del exagente de la DEA, Kiki Camarena.

A partir de ahí, la defensa del capo, Carlos Enrique García Limón, ha promovido numerosos amparos como el del pasado 7 de agosto, en el cual acusó que se encontraba incomunicado de su familia y sus abogados. Se trató del cuarto amparo del también llamado Don Rafa; anteriormente había acusado actos de tortura, así como malos tratos y vejaciones dentro del penal de Almoloya.

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