Tribunal Superior de Ibagué ratifica condena de prisión para exalcalde de Prado (Tolima), Álvaro González Murillo

Tribunal Superior de Ibagué ratifica condena de prisión para exalcalde de Prado (Tolima), Álvaro González Murillo

Tribunal Superior de Ibagué ratifica condena de prisión para exalcalde de Prado (Tolima), Álvaro González Murillo

Fuente: FISCALIA GENERAL DE LA NACION (Ver Noticia Original)

La Fiscalía General de la Nación logró que la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué ratificara la condena de prisión impuesta por un juzgado de conocimiento de Purificación (Tolima) contra el exalcalde del municipio tolimense de Prado, para el período de 2016 a 2019, Álvaro González Murillo, por su participación en un entramado de corrupción. 

El Tribunal, en fallo de segunda instancia, impuso una pena de prisión de 7 años y 4 meses por los delitos de prevaricato por acción, fraude procesal, interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

El hoy condenado expidió un decreto en enero de 2016 que revocaba la urgencia manifiesta declarada por la administración anterior, con el fin de terminar, de manera unilateral, los contratos de obra y de interventoría para la construcción de un puente, sobre el río Negro, ubicado en zona rural de Prado, que había colapsado 15 años atrás. Su decisión fue sustentada porque el proceso se realizó sin una licitación pública para la escogencia del contratista.

En abril de 2016, González Murillo, revocó el decreto que expidió en enero, dejando vigente nuevamente la medida de urgencia manifiesta, pero promulgó resoluciones para terminar de manera unilateral los contratos de obra y de interventoría del puente por falta de idoneidad de los contratistas, lo que resultó ser falso.

Para julio del mismo año, expidió un nuevo decreto de urgencia manifiesta que utilizó para contratar de nuevo la construcción del puente por $2.315’096.060 y la interventoría por $169.265.460, lo que ocurrió el 1 de agosto de 2016.

Otras de las irregularidades cometidas por el exalcalde y demostradas en juicio por la Fiscalía, es la no convocatoria pública para una licitación.

Finalmente, remitió toda la documentación a la Contraloría General de la República para obtener concepto favorable sobre la urgencia manifiesta pero el ente de control fiscal definió que ni la declaratoria de 2015 y la de 2016, no cumplían con los requisitos de legalidad por falencias relacionadas con la planeación, celebración y ejecución de la obra.

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